El juzgado de instrucción número 51 de Madrid no ha admitido a trámite la querella por prevaricación presentada por Libres por Europa, la coalición encabezada por Carles Puigdemont, contra dos vocales de la Junta Electoral Central (JEC) que habían sido propuestos por PP y Cs, autores de los recursos que pedían que Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí no fueran elegibles en las elecciones europeas del 26-M.

La querella constataba que los dos ya se habían pronunciado previamente en contra de Puigdemont a través de redes sociales y medios de comunicación. La jueza defiende su libertad de expresión y dice que no se ha aportado ningún indicio de prevaricación.

Libertad de expresión

Así, con respecto a uno de los vocales, Carlos Vidal Prado, la jueza argumenta que de los mensajes que colgó a Twitter no se desprende ningún delito de prevaricación, porque en ellos no habla del carácter elegible o inelegible de Puigdemont, sino que hace consideraciones sobre el incumplimiento del plazo del tribunal alemán para resolver sobre la euroorden, sobre la necesidad que los políticos estén encarcelados cuando cometen delitos o se pregunta si el Gobierno hará alguna cosa con la presentación del libro de Puigdemont a la delegación de la Generalitat en Bruselas. "Está haciendo uso de su libertad de expresión", concluye la resolución.

En todo caso, añade que si Entregas para|por Europa considera que estas manifestaciones privaban al vocal de su debida imparcialidad, lo tendría que haber recusado o tendría que haber invocado la nulidad del acto administrativo. En todo caso, eso "no permite per se considerar la decisión como prevaricadora".

Libertad de cátedra

Con respecto al otro vocal, Andrés Betancor, que es catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra, la querella aportaba un artículo publicado en un medio y en su blog donde insta a cambiar la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) para que Puigdemont no sea elegible. La jueza observación que en este caso no sólo hay la libertad de expresión, sino también la libertad de cátedra. Según ella, el vocal toma una postura jurídica: que el presidente es elegible con la actual legislación vigente, y cree que habría que cambiarla. A la hora de votar, sin embargo, cambio de criterio. La jueza cree que es perfectamente posible hacerlo porque puede haber tenido acceso a elementos nuevos por los recursos presentados por PP y Cs o por la discusión colegiada con los otros miembros de la junta.