La Junta Electoral Central (JEC) dictamina a favor del PDeCAT y ha reclamado a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA), concretamente en TV3, que modifique la cobertura informativa de los bloques electorales de forma que Junts no tenga más presencia y minutos que el resto de formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados. Según ha adelantado la ACN, la JEC ha dado la razón a PDeCAT-Espai CiU después de que este presentara un recurso contra la televisión pública catalana. Los de Roger Montañola se habían quejado de que el partido con la candidatura encabezada por Míriam Nogueras ha tenido más minutos en los telediarios desde el inicio de campaña y hasta el pasado día 12 de julio, en detrimento de Espai CiU, a quien el organismo público, máximo árbitro en materia de comicios, otorgó el 100% de los derechos electorales, en detrimento de Junts. Una acusación que la propia CCMA ha admitido.

Finalmente, la resolución de la JEC asegura que la cobertura informativa de Junts, como grupo político significativo a los medios de comunicación públicos, no podrá ser igual o superior a la dedicada a las candidaturas que consiguieron representación, como sería el caso del PDeCAT, las siglas bajo las cuales este espacio político se presentó a las últimas elecciones generales de 2019. Aun así, aunque admiten un mayor espacio de cobertura para Junts, la Corporació considera que el cómputo total se tiene que hacer durante toda la campaña, y no durante unos días determinados. Además, la CCMA discrepa de que el PDeCAT pueda atribuirse los derechos de los ocho diputados de Junts. Un hecho que responde a otra resolución de la JEC del pasado 5 de julio.

El 100% de los derechos electorales son del PDeCAT

En junio, la Junta Electoral Central (JEC) ya dictaminó a favor de Espai CiU-PDeCAT y le ha otorgado el 100% de los derechos electorales de la coalición Junts per Catalunya para las elecciones generales del 23-J. La JEC tumbó una resolución previa de la Junta Electoral de Barcelona, que había llegado a la conclusión que los derechos se tenían que repartir al 50% entre los dos miembros de la coalición que se presentó a las últimas elecciones generales del 2019, PDeCAT y Junts. Los del partido demócrata catalán no estuvieron de acuerdo y recurrieron la decisión a la JEC, que resolvió a su favor. El árbitro electoral argumentó que el acuerdo de coalición pactado en 2019 establecía, precisamente, que la integridad de los derechos tenía que ir al PDeCAT. De esta forma, el partido no tiene que compartir los recursos y los espacios con Junts. 

En la resolución, la Junta Electoral Central reconoce el derecho de la coalición electoral Partit Demòcrata Europeu Català – Espacio CiU (PDeCAT) a percibir la cuantía íntegra del adelanto electoral previsto en el artículo 127 bis de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) por los resultados obtenidos en las elecciones generales celebradas el 10 de noviembre del 2019. A su vez, deniega a Junts dicho adelanto.