El juez instructor del caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rechazado este jueves suspender las investigaciones abiertas por Hacienda contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, su esposa, Sonsoles Espinosa —que no está imputada en la causa—, así como sus hijas, y su empresa Whathefav SL. El magistrado ordena que también continúe viva la investigación tributaria al empresario Julio Martínez Martínez, a quien la investigación sitúa como testaferro de Zapatero y figura clave de la presunta red corrupta basada en el tráfico de influencias.
Las delegaciones de la Agencia Tributaria (AEAT) en Madrid y València habían solicitado el 29 de junio que el juzgado detuviera las inspecciones abiertas contra los investigados, al entender que existía "prejudicialidad penal" entre los hechos fiscales y los que se investigan en la causa penal. Hacienda revisa el pago del IRPF, el IVA y el impuesto sobre el patrimonio por parte de varios investigados correspondiente al periodo 2021-2024, y, en el caso de Zapatero y su mujer, también el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas de los ejercicios 2022 a 2024. Las defensas de Zapatero, su esposa, sus hijas y Whathefav se sumaron a esta petición el 7 de julio, argumentando que la continuidad de la actividad administrativa vulneraría sus derechos fundamentales y la doctrina del Tribunal Supremo sobre la prevalencia de la jurisdicción penal.
La Fiscalía Anticorrupción, sin embargo, se opuso "firmemente" a la suspensión, al considerar que no había "ninguna correspondencia" entre el objeto de la investigación penal y el de las actuaciones administrativas de la AEAT. El juez Calama ha asumido íntegramente este criterio en su resolución. Según argumenta el magistrado, aunque haya coincidencia entre las personas físicas y jurídicas afectadas por los dos procedimientos, "difícilmente puede apreciarse identidad entre los hechos investigados", que es el presupuesto imprescindible para cualquier cuestión prejudicial penal. El sistema legal vigente, recuerda Calama, prioriza la continuidad de la actuación administrativa y reserva la paralización solo a supuestos excepcionales.
La excepción de las joyas
La única excepción que aprecia el juez es la pieza separada abierta contra Zapatero a raíz del hallazgo de joyas en su oficina, valoradas en 1,3 millones de euros. Aunque estos hechos sí que podrían tener relevancia fiscal, Calama considera que esta relevancia, "cuyo alcance fiscal y penal todavía está pendiente de concreción", no basta para justificar, por sí sola, la suspensión de las actuaciones inspectoras relativas a los ejercicios 2022 a 2024.
El juez también rechaza el argumento de la defensa según el cual aportar documentación a Hacienda supondría una autoincriminación: al no tratarse de generación de información nueva ni de colaboración activa con la investigación penal, considera que no hay vulneración de derechos.
La posición de Zapatero
En sus escritos Zapatero pidió tanto al juez como a la propia AEAT que detuvieran la investigación, alegando que Hacienda había decidido "unilateral y caprichosamente" abrir un procedimiento con el mismo alcance que la causa penal; cosa que, según su defensa, choca con la preferencia constitucional del orden penal. La defensa de Zapatero también sostuvo que colaborar con la AEAT lo sitúa ante una "alternativa constitucionalmente diabólica": la información aportada podría emplearse en su contra en el proceso penal, o bien su negativa a colaborar podría comportarle problemas administrativos.
