Íñigo Errejón ha sido definitivamente absuelto de la supuesta patada a un vecino de Lavapiés, después de que este miércoles la Audiencia Provincial de Madrid haya confirmado la sentencia que absolvió al líder de Más País del delito leve de maltrato. En la sentencia a la cual han tenido acceso Efe y Europa Press, el tribunal rechaza el recurso contra la absolución presentado por el denunciante. Así, el magistrado Francisco Manuel Oliver Egea liquida el caso porque no había quedado "acreditado que el denunciante propinara una patada al denunciante".

Entre otras cosas, el recurso alegaba un "error en la valoración de la prueba e incongruencia de la sentencia sustentada en una incorrecta valoración de la prueba". Pero la Audiencia Provincial de Madrid destaca que la jurisprudencia constitucional exige la celebración de una vista para poder condenar en segunda instancia a quien fue absuelto en la primera y eso solo es posible cuando las pruebas no pudieron proponerse en primera instancia, fueron indebidamente denegadas o no fueron practicadas por causas ajenas al solicitante. "Este precepto, de naturaleza evidentemente restrictiva, impide la posibilidad de que en la vista de apelación se vuelva a practicar de nuevo íntegramente la prueba practicada a primera instancia", explican los magistrados.

El abogado del denunciante, molesto

A esto hay que sumar que la ley establece ahora de forma expresa la prohibición de condenar al acusado que resultó absuelto en primera instancia, así como la de agravar la condena que le habría sido impuesta, cuando el motivo se basa en la apreciación de la prueba y reduce "las posibilidades del tribunal de apelación a la declaración de nulidad de la resolución impugnada".

Carlos del Arco, abogado del denunciante, ha declarado a Europa Press que la Audiencia Provincial de Madrid no ha entrado a valorar los "posibles errores" en la valoración de la prueba "para entender que la doctrina del Tribunal Supremo se lo prohíbe". A pesar de eso, el letrado ha recordado que la resolución decía que alguien mentía y que el juez no fue capaz de determinar si fue su cliente o "Errejón y sus acompañantes". "Existe la duda más que razonable que diera esta patada", ha apuntado, antes de proponer que el diputado "tendría que someterse a un polígrafo" junto con el denunciante para ver "quién dice la verdad y quién miente".