El Ayuntamiento de l'Hospitalet de Llobregat ha reanudado la retirada de las placas franquistas en 200 edificios de viviendas de protección oficial que todavía las conservan. La retirada de estas placas da cumplimiento a la Ley de memoria histórica española y a la Ley del memorial democrático de Catalunya, en las cuales se indica que las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de las placas con simbología franquista.

Según el censo realizado los años 2009 y 2010, de los más de 10.000 edificios de la ciudad, 426 contaban con estas placas. 347 la tenían con la simbología franquista del yugo y las flechas y 79 con la del antiguo Instituto Nacional de la Vivienda.

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Imagen del cartel del Ayuntamiento de l'Hospitalet donde se anuncia la retirada de placas franquistas / ACN

En principio, la obligación de retirar las placas en edificios privados corresponde a los propietarios de estos inmuebles. No obstante, y con la voluntad que se haga de manera ordenada y evitando cualquier conflicto, será el Ayuntamiento el que hará esta actuación y sin ningún gasto para los propietarios, siempre que la comunidad no manifieste su oposición razonada.

La conclusión del CGPJ

L'Hospitalet pone en marcha esta retirada de placas diez días después de que el pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobara por 15 votos a favor y 6 en contra el informe sobre la ley de memoria democrática. El informe aprobado cuestiona que se pueda ilegalizar fundaciones por apología del franquismo, por incitación al odio o a la violencia contra las víctimas del golpe de estado.

"La apología del franquismo, siempre que no exista el requisito adicional de desprecio o humillación a las víctimas, constituye la expresión de ideas que, aunque sean contrarias a los valores de la Constitución, están amparadas por la libertad de expresión", concluyó el CGPJ. Además, creyó que no se puede investigar penalmente ningún hecho de la Guerra Civil o la dictadura, aduciendo la ley de amnistía de 1977. Por lo tanto, rehusó la pretensión de prohibir las fundaciones como la del dictador Francisco Franco.

El informe del CGPJ también recordó que aunque la ley describa los actos de exaltación del franquismo, sus dirigentes y participantes como "contrarios a la memoria democrática", en realidad esta calificación "por sí sola no implica ninguna consecuencia jurídica", y reclamó que el artículo que tipifica como infracción muy grave el hecho de que no se adopten medidas para impedir estos actos no se pueda aplicar a las concentraciones que considera amparadas en el derecho de reunión.

Además, el documento se quejaba de que la ley puede generar "asimetría" entre las víctimas del franquismo y las "de otros hechos constitutivos de violaciones de Derechos Humanos que tuvieron lugar en el mismo periodo histórico". Recordó que el Parlamento Europeo aprobó una resolución de condena "a los crímenes de los regímenes fascistas y estalinistas".

 

Foto principal: Una placa con simbología franquista / ACN