Primeras acciones judiciales para frenar la investigación en Andorra de la Operación Catalunya. La Fiscalía de Madrid ha apoyado que se suspenda, por ahora, la ejecución de una comisión rogatoria cursada por una jueza de Andorra contra el expresidente Mariano Rajoy por el delito de coacciones a organismos constitucionales, según recoge la querella de los titulares de la Banca Privada de Andorra (BPA) y del Banco Madrid en el marco de la trama andorrana de la Operación Catalunya. El ministerio público califica "razonable y pertinente" suspender la ejecución de dicha comisión, dado que sobre ella hay un recurso de queja del expresidente del Gobierno y exlíder del PP,   en el que solicita un previo control de legalidad del caso. Añade que “la suspensión no causa un perjuicio a ninguna de las partes” y que la jueza andorrana no ha alegado "urgencia", según ha avanzado este jueves la agencia Efe.

En concreto,  El juzgado de instrucción 32 de Madrid entendió que no había de dar trámite a las partes porque se trataba de un auxilio judicial, no de un procedimiento penal. Ahora la Audiencia de Madrid ha de resolver este recurso más sobre procedimiento que sobre el fondo.

La querella de Andorra

 En junio pasado, la jueza de Andorra, Stéphanie Garcia Garcia, citó a declarar como querellados al expresidente del Gobierno del PP Mariano Rajoy, los ministros Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz, además de miembros de la antigua cúpula de Interior e integrados en la política patriòtica, tal como le había solicitado los titulares de la BPA y la acusaciòn popular, formada por las entidades de juristas Drets y el Institut de Drets Humans de Andorra (IDHA). La jueza daba 15 días a los querellados para que se personen en el juzgado con un abogado andorrano o se les pondrá uno de oficio, y la comisión rogatoria es un paso más.

Un previo control de legalidad

La defensa de Rajoy denunció que el titular del juzgado de instrucción 32 de Madrid que tramita la comisión rogatoria no realizó un "previo control de legalidad de conformidad con la legislación nacional y convencional en materia de cooperación internacional" antes de pedir a la policía judicial que cumplimentase la notificación solicitada por la jueza andorrana. Incluso Rajoy también aludió a una posible “falta de jurisdicción” de la justicia andorrana para investigar los hechos que se relatan en la querella, aunque sucedieron en territorio andorrano.

En su informe, la Fiscalía ha apoyado dicho recurso de queja presentado por Rajoy contra la negativa del juzgado de Madrid a revisar su decisión de darle traslado de la querella que presentó el expresidente de la BPA, Higini Cierco, y el CEO del banco, Joan Pau Miquel, quienes piden investigarle por coacciones y extorsión, entre otros delitos para obtener información bancaria de la familia Pujol Ferrusola y otros políticos catalanes.

 Para la Fiscalía, el juzgado "ha de hacer un previo control de legalidad básico que incluya, entre otros aspectos, la jurisdicción y competencia de la autoridad requirente, por tratarse de una cuestión de orden público y de estricta legalidad". La Fiscalía añade que "no hay motivo ni base legal" para que el juzgado rechazase admitir un recurso previo de Rajoy en el marco de la tramitación de la comisión rogatoria, "máxime cuando el contenido de la solicitud de la autoridad judicial andorrana no es una simple notificación sino también un requerimiento".

Convenio de colaboración con Andorra

La Fiscalía informa que en materia de cooperación judicial penal entre Andorra y España rige el Convenio de asistencia judicial en materia penal de 1959 y, si no está detallado, lo que esté dispuesto en la normativa procesal española. Añade que el Convenio de 1959 “no contempla motivos de denegación concretos”, y se detalla que la asistencia judicial será lo más amplia posible en los procedimientos relativos a infracciones.  Como el convenio no discute la cooperación entre los dos países, la Fiscalía apela al artículo 278 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que indica que debe interpretarse en el sentido de que la autoridad judicial de ejecución o autoridad requerida ha de hacer un previo control de legalidad básico.

Ahora la Audiencia de Madrid ha de resolver este recurso en principio procesal, donde la defensa de M. Rajoy quiere que se debata el fondo. Para  los abogados de Drets está bien claro que Andorra es competente para investigar un delito cometido en su país.