La ley que regula en España asuntos como lo que afecta Juan Carlos I, una ley orgánica sobre privilegios e inmunidades aprobada en el 2015 bajo la presidencia de Mariano Rajoy, indica que los jefes de Estado extranjeros son "inviolables cuando se encuentran en el territorio español, durante todo el periodo de duración de su mandato, con independencia que se encuentren en visita oficial o privada" y "no podrán ser objeto de ninguna manera de detención", según ha informado El País.

No obstante, la misma ley subraya que, "una vez finalizado el mandato", los exjefes de Estado "no podrán hacer valer su inmunidad delante de los órganos jurisdiccionales españoles cuando se trate de acciones relacionadas con actos no realizados en el ejercicio de sus funciones oficiales durante su mandato". Es decir, la inmunidad no los protege en ningún caso por sus actos privados.

Ciertamente, si Juan Carlos I fuera un ex jefe de Estado extranjero acusado en los tribunales españoles de acoso, seguimiento ilegal y difamación, delitos por los cuales le ha denunciado Corinna Larsen en el Reino Unido, no disfrutaría de inmunidad. La norma que regula en España este asunto es una ley orgánica sobre privilegios e inmunidades aprobada en el 2015 bajo la presidencia de Rajoy y con José Manuel García-Margallo como ministro de Exteriores.

Papel clave de la justicia británica

La justicia británica tiene que decidir si puede actuar contra el rey emérito, Juan Carlos I, por la demanda de Corinna Larsen. El juez británico Matthew Nicklin, quien ha recibido la causa civil de Corina Larsen contra Juan Carlos I, ha puesto énfasis desde el primer momento a reclamar que el Estado español le aclare si disfruta de inmunidad o no. Y es que, por primera vez, un tribunal del Reino Unido ha decidido revisar el escudo jurídico de defensa que el Gobierno construyó en torno a la figura de Juan Carlos I, cuando abdicó en junio del 2014 para protegerlo.

Sin embargo, el bufete jurídico encargado de la defensa del rey emérito, Clifford Chance, ha conseguido que la justicia británica se pronuncie finalmente sobre el estatus legal de que disfruta al Borbón desde hace más de siete años. Ahora, en un plazo no superior a los dos meses, las partes confían en que el juez se pronuncie sobre la inmunidad o no del rey emérito ante la demanda de Corinna Larsen.

Además, el Real decreto 470/2014 de 13 de junio, redactado por el Gobierno de Mariano Rajoy, tomó dos medidas primordiales: Juan Carlos I mantiene de manera vitalicia "el uso con carácter honorífico del título de Rey" y tanto él como Sofía de Borbón siguen siendo miembros de la Familia Real. Sin embargo, desde la defensa de Corina Larsen argumentan que "nadie entiende que Juan Carlos I mantenga el rango de Cabeza del Estado después de su abdicación". Se trata de un título honorífico, como lo que retienen los expresidentes de los Estados Unidos".

Con todo, el plazo que esperan las partes para que el juez se pronuncie sobre la inmunidad del rey emérito no superaría los dos meses.

 

 

Imagen principal: El rey emérito Juan Carlos/ Europa Press