La Eurocámara ha modificado la información pública en su página web sobre la inmunidad parlamentaria de los eurodiputados. En el apartado de FAQs de la web, que resume de una manera más sencilla el contenido del reglamento, hasta ahora afirmaban que este privilegio "no se aplica cuando un miembro del Parlamento Europeo ha cometido un delito o las autoridades judiciales competentes sospechen que lo ha cometido". Ahora la descripción ha sido sustituida por: "no se podrá invocar la inmunidad en caso de flagrante delito".

Los cambios han sido aplicados a la versión española y la inglesa. En cambio, en la versión de otros idiomas, como el francés o el alemán, se puede ver todavía la antigua definición. Se trata del último párrafo de la definición que hay a continuación.

El antes...

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... y el después:

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Prevalece lo que dice el reglamento

Fuentes de la cámara confirman que el cambio se ha hecho este martes tarde para "explicar mejor el alcance" del artículo 9 del reglamento que estipula las condiciones sobre la inmunidad parlamentaria. Esta modificación coincide con las declaraciones del presidente Carles Puigdemont este martes por la mañana en que aseguraba que volverá en Catalunya si la Eurocámara "garantiza su inmunidad" como eurodiputado.

"En todo caso lo que cuenta es lo que dice el artículo", aseguran estas fuentes.

¿Qué dice el reglamento?

En concreto este artículo 9 dice: "No se podrá invocar la inmunidad en caso de delito flagrante ni se podrá obstruir el ejercicio por parte del Parlamento Europeo de su derecho a suspender la inmunidad de uno de sus miembros". De hecho, el reglamento establece un procedimiento para levantar este privilegio si lo pide "una autoridad competente de un estado miembro". En tal caso, una comisión parlamentaria examinaría la petición y propondría una decisión al pleno de la Eurocámara que votaría la revocación o no de la inmunidad.

Por otra parte, el artículo 9 también explica que los eurodiputados disfrutan en su estado miembro de "las inmunidades reconocidas en los miembros del Parlamento de su país" y al resto de estados miembros de la UE de "inmunidad ante cualquier medida de detención y actuación judicial".