El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno español contra la Ley de Transitoriedad y Fundacional de la República aprobada la semana pasada por el Parlament, lo cual implica su suspensión inmediata. Precisamente, el pleno del TC se ha reunido con carácter extraordinario esta mañana para estudiar la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad contra la ley de Transitoriedad.

El Parlament aprobó el pasado jueves por la noche la ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República Catalana, que marca las bases de la legalidad catalana en caso de que gane el 'sí' en el referéndum y se declare la independencia.

La aprobación se llevó a cabo a pesar de que el Tribunal Constitucional había acordado poco antes la suspensión de la ley del Referéndum, de la resolución por la que se convoca la consulta de autodeterminación para el 1 de octubre y dos acuerdos más del Parlament de Catalunya, sobre las normas complementarias de organización del mismo referéndum, y el nombramiento de una Sindicatura que ejercería de Junta Electoral.

La ley establece un periodo transitorio de aproximadamente un año para crear una Constitución y convocar las primeras elecciones de una república catalana. En el período transitorio seguirían vigentes las normas de la UE, los tratados internacionales y todas las leyes estatales que "no contradigan" la ley catalana de transitoriedad jurídica y se podrían recuperar todas aquellas normas catalanas que ya haya suspendido el TC y volver a darle los rango legal.

Prevé igualmente que el president de la Generalitat sea automáticamente jefe del Estado y que Catalunya asuma el control de las fronteras y las aduanas, además de expulsar al Ejército español hasta que la futura Asamblea Constituyente decida si se crea una propio. Respecto a los empleados públicos del Estado que prestan servicios en Catalunya, se integrarán automáticamente al cuerpo funcionarial de la Generalitat, manteniendo sueldo y condiciones.

La ley también prevé que tendrá la nacionalidad catalana quien tenga la española y esté empadronado en Catalunya antes del 31 de diciembre de 2016; además, todo catalán mantendría la nacionalidad española, aunque puede pedir de renunciar.

Respecto a la justicia, la ley crea una ordenación jurídica aunque mantiene las plazas de los actuales jueces, magistrados, fiscales y letrados. Uno de los cambios más sustanciales es la sustitución del TC por la Sala de Garantías y del TS por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).