El magistrado Manuel García-Castellón continúa blindado por sus homólogos con respecto a la investigación de Tsunami Democràtic. La Audiencia Nacional ha descartado analizar si el magistrado se saltó el plazo de la investigación de Tsunami en la prórroga que dictó en 2021, tal como denunció Gonzalo Boye, abogado de Josep Lluís Alay, director de la oficina del president Puigdemont. Según una resolución, comunicada este jueves, el tribunal expone que el recurso de Boye era contra la exposición razonada que el juez elevó al Tribunal Supremo para que investigara por terrorismo a Puigdemont y al diputado de ERC Ruben Wagensberg, y que, por lo tanto, no puede analizar otros puntos expuestos por el letrado, como que la investigación es "prospectiva".

 

La Audiencia Nacional imita así a la sala de lo penal del Tribunal Supremo, que no dedicó ni una palabra a contestar a la petición de la mayoría de investigados (de ERC y Junts) de Tsunami, cuando le expusieron que el magistrado no prorrogó a tiempo la investigación. En concreto, los encausados indicaron que la investigación de Tsunami tendría que quedar parada en el 29 de julio de 2021, hecho que al mismo tiempo implicaría su archivo, porque las imputaciones no se hicieron hasta el 6 de noviembre de 2023, y sin que los 12 encausados hayan declarado todavía.

Terrorismo 

La Audiencia Nacional se ventila el recurso de Alay, y también el de Marta Molina, defendida por la penalista Marina Roig, porque indica que el Supremo ya lo ha resuelto todo: hay indicios de terrorismo y que la causa se divide en dos procedimientos, la de los dos aforados en el Supremo y el resto en la Audiencia Nacional.

Pendientes del Supremo

La defensa de la encausada Marta Molina presentó recurso contra la decisión del juez de Tsunami de elevar la causa al Supremo al exponer que se le negaba el derecho al juez predeterminado por ley y la no posibilidad a la segunda instancia en el caso de recursos. En una segunda resolución, diferente a la de Alay, la Audiencia Nacional le responde que su petición ha sido resuelta y superada por la respuesta del Supremo. El alto tribunal español ha indicado que se queda la investigación a Puigdemont y Wagensberg y que devuelve los 10 encausados restantes a la Audiencia Nacional.

Las defensas sostienen que en Tsunami no hay ningún delito, y como mucho, un delito de desórdenes públicos que tendría que ir a los juzgados donde pasaron los hechos, como, por ejemplo, a un juzgado de
El Prat,
en el caso de la gran movilización en el aeropuerto de Barcelona contra la sentencia del Supremo a los líderes catalanes, el 14 de octubre de 2019. Sin embargo, el alto tribunal español lo ha imposibilitado.