La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado que el juez Juan Carlos Peinado investigue a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su asesora Cristina Álvarez por presunta malversación. En el auto, al que ha tenidoa cceso ElNacional.cat, los magistrados desestiman el recurso de ambas investigadas contra la decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid de llamarlas a declarar por ese delito. La Audiencia de Madrid señala que las conductas que trata el juez de instrucción en el auto recurrido "parecen encajar en la figura delictiva de la malversación". Se las investiga por la ayuda que Álvarez habría proporcionado a Gómez en sus negocios privados, particularmente en su labor como codirectora de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de Madrid.
"En la causa obran indicios del posible exceso en sus funciones de la asistente de la recurrente", indica, "sin que por ahora se pueda llegar a ninguna conclusión relativa a la continuación por los trámites de la fase intermedia o el sobreseimiento de la causa, dado que la instrucción sigue viva". Los magistrados añaden que "probablemente la actividad de Álvarez podría desarrollarse durante las veinticuatro horas, los siete días de la semana, lo que sin duda parece excesivo, más propio de una amiga interesada en los asuntos lucrativos de la ahora recurrente, que en la fría tarea de la encargada de la agenda y otros asuntos protocolarios".
"Las conductas que trata el juez de instrucción parecen encajar en la figura de la malversación en relación con el artículo 432 y 433 del Código Penal", apunta este auto hecho público este viernes. "No se formula ninguna objeción respecto al nombramiento de una asistente para la esposa del presidente del Gobierno, ni se ha puesto en duda el procedimiento de contratación; únicamente se ha puesto de manifiesto la posible extralimitación en sus funciones, orientada a favorecer el presunto plan delictivo de la principal investigada, Begoña Gómez", apunta la Audiencia de Madrid en un texto en el que señala como "dudoso" que "el nombramiento de la asistente haya recaído en una amiga íntima". "Sería la primera vez que no se designa un funcionario experto en protocolo para el mejor ejercicio de la función, sino una persona de su máxima confianza, no ya porque le guiase los pasos en un mundo complejo de formalidades, ceremonias y actos oficiales, sino para asegurarse del cumplimiento fiel de la finalidad presuntamente propuesta", añade.
Como Gómez y Álvarez acusan a Peinado de impulsar una investigación prospectiva, denunciaban en sus recursos los cambios de "criterio" del juez en su instrucción. La Audiencia de Madrid no ve problema en ello. Argumenta que "ningún juez está obligado a continuar una línea de investigación errónea; por lo tanto, el cambio de criterio está en línea con la finalidad de la instrucción, que se basa en aportar los indicios o elementos de juicio necesarios para resolver sobre el fundamento de la imputación".
El recurso también denunciaba que en siete años Álvarez solo había intercambiado tres correos con la Complutense. Pero la Audiencia de Madrid asevera que "el número de correos enviados es irrelevante porque no es el único medio de comunicación que se investiga; hay que tener en cuenta las reuniones, visitas, llamadas; etc". Fue el pasado 18 de agosto cuando el juez Peinado acordó imputar a la esposa de Pedro Sánchez y a Cristina Álvarez por un presunto delito de malversación de caudales públicos por la contratación de su asesora en la Moncloa.
