La Audiencia de Girona ha desestimado el recurso presentado por Òscar Campos para que se admita a trámite la querella por torturas y revelación de secretos contra la agente de la policía española -con la identidad falsa de Maria Perelló- que se infiltró en entornos independentistas de Girona y Salt, y que incluso fue su pareja. El tribunal ratifica la resolución del juzgado de Instrucción 3 de Girona, de mayo pasado, y sostiene que la policía “no ha cometido ningún delito”. Ni tampoco cuando participó en una reunión confidencial con abogados de Campos para preparar su defensa. La formación Alerta Solidària ha denunciado este lunes la desestimación del recurso. Además de Campos, las entidades Òmnium Cultural -donde trabajaba-, la CUP, Associació Ateneu Popular de Girona, Associació No al Racisme de Girona y Salt y Federació d’Entitats Socioculturals de Salt presentaron recurso. La Fiscalía rechazó que se investigara este caso.
En la resolución, a la que ha tenido acceso ElNacional.cat, el tribunal expone que “la figura de agente encubierto del artículo 282 Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) no convierte la actuación de la querellada (y sus comandantes y superiores contra los que también se dirige la querella) sin más en delictiva, sino que más bien afectaría, en su caso, a la validez y uso que de la información, que hubiera podido obtenerse, se hiciera”. Añade, que "no hay indicio de apoderamiento por la querellada de documentos o efectos personales y en consecuencia descubrimiento de secreto o información reservada respecto de Òscar Campos, siendo una mera sospecha". Precisa que Campos es quien le habría permitido ver sus mensajes privados de WhatsApp, Telegram, y que tampoco hay indicios de "el uso fraudulento por la querellada del usuario y contraseña de Campos en Òmnium, ni de las entidades a las cuales estaba vinculado".
Reunión confidencial consentida
Incluso, el tribunal desestima que la agente haya cometido el delito de revelación de secretos, cuando participó en dos reuniones confidenciales de Campos y sus abogados -entre ellos Benet Salellas- en la preparación de la estrategia de defensa de un procedimiento judicial incoado por atestado de la policía española contra manifestaciones independentistas. "La querellada participó en las mismas sin inconveniente de los partícipes, se entiende, que por la relación de pareja que le unía con Campos, aceptándose su presencia".
En cuanto a la participación de la agente infiltrada en reuniones o actos privados de las entidades gerundenses o con personas privadas, el tribunal responde que "la misma fue invitada o cuanto menos su presencia era aceptada". No obstante, el tribunal obvia que ella engañó a todos sobre su identidad real.
"Ningún trato humillante"
En la querella, se denunciaba la "cosificación durante dos años de Óscar Campos", utilizándolo, "con una falsa y espuria relación sentimental con una agente de Policía Nacional, con la única finalidad de ser fuente involuntaria de información y como vía indebida de acceso a espacios vedados a agentes policiales en circunstancias normales; teniendo como consecuencia el menoscabo de su salud física o mental".
Sin embargo, el tribunal manifiesta que "no puede concluirse que la querellada se prevalece de
su condición de funcionario público en su actuar; es más, la habría omitido, según se indica, a fin de iniciar la relación sentimental; sin que la relación relatada puede calificarse como degradante o humillante".
Por todo ello, el tribunal -formado por los magistrados Sonia Losada, Juan Mora y Walter Ballarín, el ponente-concluye que “que no existiendo delito no cabe ninguna investigación en la jurisdicción penal, sin que vincule a esta jurisdicción la inadmisión de demanda contenciosa administrativa; no pudiendo la presente tener por objeto conocer qué información pudo obtenerse por parte de la querellada sino si en tal obtención pudo cometerse algún ilícito penal. Sentado lo anterior no cabe, sino confirmar la resolución recurrida”.
De los agentes policiales infiltrados y descubiertos en movimiento sociales e independentistas de Barcelona, Girona y Palma, ningún juzgado español lo ha aceptado investigar, hasta ahora.
