La Oficina Antifraude de Catalunya (OAC) y la Fiscalía han presentado un recurso contra la sentencia del Tribunal de Cuentas (TCu) que condenó al magistrado Daniel de Alfonso a devolver a la OAC unos 82.341 euros cobrados de más indebidamente cuando era director de la entidad, del 6 de septiembre de 2011 al 29 de junio de 2016. ¿Por qué? Porque reclaman que De Alfonso devuelva todo el dinero cobrado de más en la OAC, que cifran en unos 205.000 euros, ya que aseguran que "no hay pagos prescritos", como recoge la primera sentencia, según han informado fuentes de la causa a ElNacional.cat. La defensa de De Alfonso -que continúa ejerciendo de magistrado, en Cantabria- sostiene que el dinero cobrado fue validado por el anterior Oidor del Parlament.
Ahora, será la sala de justicia del Tribunal de Cuentas -formada por tres consejeros, diferentes del primero- la que revisará el caso y si se debe elevar la responsabilidad contable al exdirector de la OAC, que fue destituido por el Parlament por conspirar contra Catalunya con el entonces ministro del Interior del PP, Jorge Fernández Díaz, al destaparse una conversación entre ambos. Una vez resuelva el recurso el Tribunal de Cuentas, la resolución será firme, pero los demandantes y De Alfonso podrán acudir a la justicia ordinaria si no están de acuerdo.
¿Prescrito o no?
En la sentencia, del 3 de noviembre pasado, la consejera del Departamento Segundo de Enjuiciamiento, Helena Hernáez, es muy estricta con la actuación de Daniel de Alfonso, que califica de “gravemente negligente” por haber aprobado unos incrementos salariales, para él y dos directivos de Antifraude, no recogidos en la normativa entonces en vigor.
Sin embargo, añade que en su caso se debe aplicar la prescripción de la responsabilidad contable de los hechos, que la ley fija en 5 años. La interrupción de la prescripción la fija en el 27 de marzo de 2018, que es cuando la Sindicatura de Cuentas presentó el informe de fiscalización de las cuentas de la OAC del ejercicio 2015. Así, concluye, están prescritos todos los pagos hechos por Antifrau a De Alfonso y a los dos directivos antes del 27 de marzo de 2013. Y por ello resta la cantidad reclamada a unos 82.000 euros. Por el contrario, Antifrau y la Fiscalía sostienen que la actuación incorrecta de De Alfonso es “continuada y conjunta” y la prescripción se debería contar en el último pago de la nómina (el 2016), no dividido por años. Y, por lo tanto, el resto de 123.000 euros cobrados de más no estarían prescritos.
Los tres pagos reclamados
Inicialmente, Antifraude y la Fiscalía reclaman que devuelva tres conceptos de pagos. El primero es haber cobrado los trienios con el sueldo de director de Antifraude, aunque fueron merecidos durante la carrera judicial, y la cantidad es más elevada. El Parlament tiene fijado que los trabajadores de organismos que dependen de él cobren el 5% en trienios, mientras en la administración catalana y española es inferior. Al final, la normativa ha cambiado, y se acepta que se cobren en el puesto actual del trabajador. Por este concepto, el Tribunal de Cuentas fija que De Alfonso debería devolver unos 71.363 euros, descontada la parte prescrita.
La segunda parte es el pago injustificado de trienios del entonces jefe de Administración y Recursos Humanos (Josep Maria Sangenís) por valor de 4.661 euros, ya que devolvió una parte. Finalmente, el Tribunal de Cuentas también reclama 6.320 euros que cobró en trienios la entonces directora adjunta, Maite Masià, por un irregular reconocimiento de antigüedad. A estas tres cifras hay que añadir los intereses legales, que se cuentan -se indica- a partir de cada uno de los pagos. De Alfonso ha tenido que depositar un aval para hacer frente a estos pagos, si finalmente es condenado.
El concepto de los trienios ha sido polémico en los organismos autónomos dependientes del Parlament. El actual director de Antifraude, el magistrado Miguel Ángel Gimeno, defiende de que los altos cargos no deberían cobrarlos, pero la Sindicatura de Cuentas dijo que sí.
