Nuevo triunfo ciudadano. La Audiencia de Girona ha absuelto a Robert Llach, un joven acusado de herir a un agente de la policía lanzándole un adoquín, durante las protestas contra la sentencia del Tribunal Supremo a los líderes independentistas catalanes, en octubre del 2019. Llach  estuvo casi un mes en prisión preventiva y la fiscalía le pedía 6 años y medio de prisión y a una multa de 720 euros por los delitos de desórdenes públicos, atentado contra agente de la autoridad y lesiones leves. El tribunal lo absuelve porque asegura que no ha quedado probado que lanzara una piedra "de grandes dimensiones" contra el agente antidisturbios, cerca de la comisaría que la Policía Nacional tiene en Pedret, según ha avanzado este martes la agencia ACN. El tribunal también subraya que los policías que declararon en el juicio se limitaron a relatar "aquello que consignaba el atestado", y que en ningún caso eso se puede tomar como una "validación sin valoración".

El juicio a Lluch, defendido por el penalista Benet Salellas, se celebró a principios de junio en la sección 4.ª de la Audiencia de Girona. Llach fue detenido por la policía el 19 de octubre, cinco días después de que se supiera que el Supremo condenaba a elevadas penas de prisión a los líderes catalanes. En el juicio, el joven, que antes de entrar en sala recibió el apoyo de un centenar de personas, negó haber lanzado ninguna piedra contra los policías. Ante el tribunal, aseguró que no había participado en las protestas y que lo detuvieron sin motivo alguno cuando volvía a su casa. Sí que admitió que aquella noche había visto los disturbios de lejos, que se había escondido en un margen de la zona de Fontajau, y que las pelotas de goma y los proyectiles de foam que llevaba encima los había recogido del suelo mientras caminaba hacia casa.

 

El tribunal critica la fiscalía

En la sentencia, de la cual ha sido ponente el magistrado Adolfo García Morales, el tribunal lo absuelve de los tres delitos que se le imputaban. De entrada, la Audiencia de Girona reprocha a la fiscalía que su escrito de acusación contenga "una gran dosis de literatura", porque antes de centrarse en el acusado, dedica "casi dos páginas" a describir los disturbios que hubo aquella noche en la ciudad. "No podemos culpar al acusado de intervenir en todo este conflicto violento por el hecho de ser incriminado en un acto muy concreto", subraya al tribunal, en referencia al lanzamiento de piedras en el barrio de Pedret. Además, la Audiencia de Girona sostiene que la versión del acusado "no es especialmente extraña", porque como vivía en el barrio de Sant Daniel, "el camino lógico" para enfilar hasta su casa era, precisamente, pasar por el lado de la comisaría.

La sentencia tampoco cree que haber recogido pelotas de goma y proyectiles de foam del suelo, como Robert Llach explicó, sea "un acto que identifique una voluntad desordenada o atentatoria". Sí que el tribunal ve más incriminando que el joven llevara guantes, un buf y piedras dentro de la sudadera. Pero aquí, la Audiencia subraya que, en ningún caso, la fiscalía dijo que a la hora de lanzar las piedras contra los policías se las hubiera sacado de los bolsillos (sino que cogió el adoquín del suelo).

"Validación sin valoración"

La Audiencia de Girona afirma que, en el caso de Robert Llach, "la prueba incriminatoria" contra él son las versiones de los agentes que formaban parte del cordón policial que custodiaba la comisaría. "Todos ellos han declarado de manera esencialmente uniforme, aunque sin incidir en detalles, relatando aquello que consignaba el atestado en su apartado esencial", manifiesta el tribunal en la sentencia, en referencia a aquello que explicaron al juicio.

Y aquí, la sección cuarta subraya que con eso no es suficiente para decantar una condena. "No podemos permitir que el juicio oral sea un mero apoyo del atestado judicial, como una especie de validación sin valoración", recoge la sentencia. "El juicio oral es la esencia del procedimiento penal y no existe una cadena de transmisión invisible entre el atestado policial y el relato de hechos probados", manifiesta el tribunal.

La Audiencia no pone en duda que las declaraciones de los agentes tengan "credibilidad", pero también subraya que, en este caso, no tienen bastante "fiabilidad" para poder condenar al joven. Además, el tribunal se extraña de que no se aportaran las imágenes de las cámaras de seguridad de la comisaría de la Policía Nacional (que si bien no habrían grabado el lanzamiento del adoquín, sí que habrían permitido al tribunal ver "elementos sobre la detención, la formación del cordón policial o la presencia de grupos de agresores").

Y por último, a la Audiencia también le llama la atención que los agentes no recogieran el adoquín del suelo y lo aportaran como prueba. "Cuando se sostiene que una persona recoge un adoquín, tan solo una, y la lanza contra un agente, creemos que individualizar el objeto es una tarea imprescindible, como si hubiera sido un martillo o cualquier otro elemento lesivo," subraya la sentencia.

Por eso, como el tribunal no tiene la "convicción completa" que el joven agrediera a los policías lanzándoles piedras, y existen "dudas suficientes", la Audiencia absuelve a Robert Llach de los delitos de desórdenes públicos, atentado contra agente de la autoridad y lesiones leves. La sentencia no es firme y se puede interponer recurso de apelación delante del TSJC en un plazo de diez días.

Alerta Solidaria ha celebrado la absolución de Robert Llach e insiste en denuncia la represión policial.