Sí. Los 9 presos políticos catalanes indultados, de forma parcial, el 23 de junio de 2021 por el Consejo de Ministros, podrían volver a la prisión, después de haber cumplido unos tres años cerrados del total de la pena impuesta, que fue d'entre 9 a 13 años. La probabilidad es muy remota, pero los últimos cambios y resoluciones de la sala del contencioso-administrativo del Tribunal Supremo hacen prever lo peor. Por ahora, lo único cierto es que la resolución no será inmediata, según juristas consultados. El gobierno de Pedro Sánchez condicionó los indultos a los independentistas a que no volvieran a hacer "ningún delito grave" (es decir, un 1 de octubre) en un plazo de seis años para Oriol Junqueras, Josep Rull, Jordi Turull, y Quim Forn, mientras que a Carme Forcadell, Raül Romeva y Dolors Bassa los limita a tres años, y a todos les mantiene la inhabilitación a cargo público.

La puerta abierta a la revisión de los indultos ha sido ejecutada hoy por la sección quinta de la sala tercera del contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, que ha estimado por una justa mayoría (3 votos a favor y 2 en contra) los recursos de reposición que presentaron Cs, el PP, VOX y de políticos individuales, como el exdelegado del Gobierno en Catalunya, Enric Millo, contra los reales decretos con los cuales se indultaron los 9 condenados catalanes por malversación de fondos y sedición. El Supremo indica que dará a conocer la resolución "en los próximos días" y que hay dos votos particulares en contra. Con sorpresa, todo y que esperada, el Supremo ha cambiado su opinión, ya que el enero pasado, también por uno ajustado 3 a 2 inadmitió todos los recursos, siguiendo la opinión de la Abogacía del Estado, al considerar que los partidos políticos no estaban legitimados, porque no tenían ningún perjuicio con los indultos. El Supremo sí que ha aprobado por mayoría de denegar el recurso de la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén.

El cambio de  magistrados en la sala (ya programado) ha favorecido este vuelco de criterio, y en el auto que se asegura de que comunicarán "en los próximos días", seguramente la nueva mayoría del tribunal indicará que ya resolverá en la sentencia, sobre la demanda contra los indultos, si están legitimados o no, como defendían en su voto particular de enero pasado contra no descartarlos de entrada. Así, una vez se comunique este auto, se activará la demanda principal contra el Gobierno por los indultos, en los que las partes propondrán prueba, y los codemandados (los indultados) también. Por eso, se indica que la resolución del Supremo tardará meses.

¿Se puede revisar un indulto?

Sí. La sala contenciosa del Supremo aceptó revisar el derecho de gracia concedido por el Gobierno a partir del año 2000, y la jurisprudencia fijada en sucesivas resoluciones mantiene que el control "solo tiene que ser formal", por ejemplo, si se han presentado los informes, y que "la decisión de indultar no se puede revisar". En el recurso, por ejemplo, Ciutadans expone que por primera vez se ha concedido unos indultos bajo el argumento de la "utilidad pública", y que eso, según su opinión, es una decisión política y, por lo tanto, "arbitraria".

El cambio de opinión del Supremo es excepcional, como toda resolución que se aplica en relación con la causa independentista catalana. Hasta ahora, la jurisdicción contenciosa administrativa era muy restrictiva y solamente permite a la víctima la interposición de recursos, mientras que el ejercicio de la acción pública se permite exclusivamente en los ámbitos de Urbanismo y Medio Ambiente, donde se pueden presentar asociaciones o un particular. Con respecto a Vox, fue acusación popular en el juicio penal en el Supremo, pero se le denegó realizar el informe para los indultos de los independentistas, a petición del penalista Jordi Pina, defensor de los exconsellers de JxCat, hecho por el cual también, en principio, se creía que le cerraba el paso a los recursos. La única víctima podría ser la Abogacía del Estado, que en su informe de los indultos indicó que no se pronunciaba, ya que había comprobado que el resarcimiento de la malversación, calculada por el Supremo en unos 4 millones de euros, ahora lo ejecuta el Tribunal de Cuentas. Hoy por hoy, todo parece papel mojado con la nueva interpretación del Supremo, el cual, a pesar de aceptar los recursos, también podría resolver que los indultos han sido bien concedidos.

Junts y Òmnium no personados

De recursos se habían presentado siete: la asociación Convivencia Cívica Catalana; los dirigentes de Ciutadans Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra; Vox como partido; el PP como partido; los diputados y exdiputados del Parlament por el PP Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; el exdelegado del Gobierno en Catalunya Enric Millo, y la asociación Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén. Esta última entidad es la única excluida hoy. El Supremo tramita de forma separada los recursos a cada indulto, aunque lo realiza de forma paralela y al mismo tiempo. En todos ellos, está el abogado Francesc Jufresa, ya que fue el primero en pedir los indultos para todos los presos políticos, y después otras entidades peticionarias en casos particulares como la UGT para Dolors Bassa, y Fundesplai para Josep Rull y Jordi Turull. Los políticos de Junts, a excepción de Quim Forn, no están personados con abogado, como tampoco el expresidente de Òmnium, Jordi Cuixart, al mantener su posicionamiento que él no solicitó el indulto. Los cuatro políticos de ERC sí que están representados en esta demanda a través del abogado Marc Marsal. Y todos pueden pedir pruebas para que el tribunal analice las demandas.

El miedo de Millo

Por ejemplo, el popular Enric Millo, exdelegado del Gobierno en Catalunya, sostiene que pasó miedo y recibió amenazas por haber declarado en contra de los líderes independentistas, todo y que en la jornada del 1-O indicó a los medios de comunicación que habían ordenado parar las cargas en los centros educativos y que estaban coordinados con Mossos. Y la prueba que pide Millo es que la Generalitat aporte todas las denuncias que él realizó a la policía catalana para evidenciarlo. Por lo tanto, el tribunal tendrá que oficiar un mandamiento para solicitarlo.

La mayoría de los partidos de derechas que han presentado recurso han usado los argumentos de la sala de lo penal del Supremo, liderada por el magistrado Manuel Marchena, que se posicionó en contra de la concesión de los indultos. En su informe, preceptivo, pero no vinculante, el tribunal sentenciador consideraba que no se había vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas a que fueron condenados (tres magistrados del Tribunal Constitucional ahora consideran que sí), que no había prueba o indicio de arrepentimiento por su parte y que los argumentos en que se basaban las diversas peticiones de indultos llevadas a cabo por terceros desenfocaban el sentido del indulto y, además, pretendían que el Gobierno corrigiera la sentencia dictada por el Supremo.

TC y TEDH

Finalmente, si en unos meses el Tribunal Supremo resuelve que los reales decretos de los indultos no cumplen la forma y son arbitrarios, significaría que los nueve independentistas tendrían que volver a la prisión. En contra de esta resolución pueden presentar recurso de amparo al Tribunal Constitucional y, después, al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), el cual ya ha admitido a trámite revisar la condena de la mayoría de los líderes catalanes por parte del Supremo.

Ahora, hay que esperar para ver si la sala de lo contencioso del Supremo innova todavía más su jurisprudencia y tumba los indultos, tal como hizo la sala de lo penal al asumir el caso contra los independentistas catalanes -saltándose la competencia del TSJC, como sostienen las defensas- y condenarlos por sedición.