Primera validación. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Dean Spielmann, ha validado la ley de amnistía del procés, según sus conclusiones comunicadas este jueves. Manifiesta que no se han afectado fondos de la UE con el 1-O, y, por tanto, descarta la malversación, delito por el cual  el Supremo no quiere aplicar la amnistía al president al exilio, Carles Puigdemont, y a su Govern. El abogado del TJUE asegura que la Directiva Europea no contiene ninguna disposición que prohíba expresamente el uso de mecanismos de extinción de la responsabilidad penal, como la amnistía.   Spielmann también afirma claramente que la ley del olvido penal "no es contraria a la directiva europea relativa a la lucha contra el terrorismo".

Ahora habrá que esperar que el TJUE dicte la sentencia y que valide la ley de amnistía —impulsada por el Gobierno del PSOE, con Junts y ERC—, tal como le ha propuesto el abogado general del tribunal, siguiendo la aprobación del Tribunal Constitucional (TC).  Se espera que el TJUE se pronunciará a finales de año, y unos meses después puede llegar la sentencia del TC sobre si el delito de malversación imputado a Puigdemont se puede amnistiar.

El gasto del 1-O

En las conclusiones sobre la causa del gasto del 1-O -que afecta los gobiernos de Puigdemont y Artur Mas, con la prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas (TCu), que no les quiere amnistiar-, el abogado general considera que "la protección de los
intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la ley de amnistía por los
actos determinantes de responsabilidad contable que afecten a los intereses financieros de la Unión, puesto
que no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a
disposición del presupuesto de la Unión". La reclamación del TCu por el 1-O es de 5 millones de euros.

La única pega que pone el abogado del TJUE a la ley de amnistía del procés es que no se puede obligar a los tribunales a resolver si aplican la norma en un plazo de dos meses, y tampoco que archiven una causa sin que ponderen los hechos. Dos cuestiones menores, ya alertadas con el dictamen de la Comisión de Venecia, que no invalidan el espíritu de la ley, y subsanadas. La mayoría de jueces y tribunales no han cumplido este plazo de dos meses, y han valorado y razonado de forma independiente las causas. Una prueba clara es que el Supremo no quiere aplicar la amnistía a Puigdemont, a quien le mantiene la orden de busca y captura en el Estado español, y a los exconsellers acusados de malversación.

El abogado del TJUE también asegura que el Tribunal de Cuentas es considerado "un órgano jurisdiccional" y, por lo tanto, su prejudicial tiene que ser admitida. Los abogados Gonzalo Boye, en nombre de Junts, y Marc Marsal, en nombre de investigados de ERC, denunciaron abiertamente "la falta de imparcialidad" del Tribunal de Cuentas y que no podía presentar consultas al TJUE.

 

La causa de los 12 CDR acusados de terrorismo

En las segundas conclusiones, sobre la causa de los 12 CDR de la operación Judas, acusados de terrorismo, Spielmann también avala su amnistía, tal como defendían sus abogados de Alerta Solidària frente la Associació Catalana de Víctimes d'Organitzacions Terroristes (ACVOT). Afirma que el criterio determinante para evaluar esta compatibilidad radica en su conformidad con las exigencias mínimas que se derivan del Derecho internacional, en particular del Derecho humanitario, y con los estándares jurisprudenciales establecidos, en particular, por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 

"No es una autoamnistía"

En concreto, el abogado del TJUE manifiesta: "La ley de amnistía cumple los estándares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: por un lado, parece haberse aprobado en un contexto real de reconciliación política y social y no constituye una autoamnistía; por otro lado, no incluye violaciones graves de derechos humanos, entre las que se cuentan, primeramente, las violaciones de los derechos a la vida y a la integridad física. La ley de amnistía establece una exclusión explícita de los actos que hayan causado de forma intencionada tales violaciones, sin incluir formalmente el conjunto de los delitos contemplados en la Directiva. Tal planteamiento no parece incompatible, en principio, con los objetivos de esta última."

Esta afirmación es un claro revés al abogado de la Comisión Europea, Carlos Urraca, que en la vista de la gran sala del TJUE afirmó que la ley de amnistía "es una autoamnistía" porque Pedro Sánchez la aprobó para obtener el apoyo de los grupos independentistas catalanes para ser investido presidente del Gobierno.

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