La situación que estamos viviendo desde hace unos meses en Catalunya, más allá de nuestro posicionamiento político y personal, nos ha motivado, como psicoanalistas, a hacer una reflexión sobre lo que puede representar para las familias de las personas encarceladas —y sobre todo para los hijos cuando son pequeños— las condiciones del encarcelamiento. Hay que excluir delitos de violencia, abuso o maltrato, ya sea a la pareja o a los hijos, porque requerirían un alejamiento —el hecho de visitarles podría resultar contraproducente.

Para situar el tema empezaremos explicando la importancia que tiene el vínculo socioafectivo para la evolución y el crecimiento del ser humano. Al nacer no tenemos la capacidad de regular nuestros estados emocionales, y cuando nos sentimos amenazados, intranquilos, agobiados o sobreestimulados por el entorno —o por malestares internos—, necesitamos que nuestros padres puedan regular por nosotros estos estados. La madre (primero) y el padre (después) van estableciendo, mediante la alimentación, el tacto, las caricias, las miradas, el tono de voz y la emoción que acompañan sus palabras, un vínculo con el bebé.

Es en esta primera etapa cuando se construyen los sistemas de auto-regulación y cuando las respuestas fisiológicas y emocionales automáticas se van estableciendo en nuestro cerebro. Las experiencias emocionales que el bebé y el niño pequeño viven con las figuras parentales le dejan una huella biológica. Gracias a las neurociencias sabemos que si estos vínculos son saludables, propician más conexiones neuronales, que facilitarán una mente flexible y abierta a nuevas experiencias.

La infancia es una etapa de la vida en la que se puede generar mucho estrés si no hay una función parental que proporcione sostén y protección. Sabemos que las situaciones que se nos presentan como impredecibles e incontrolables son causa del aumento de estrés en el ser humano, y el hecho de que los niños no puedan hacer nada para modificarlas hace que el periodo de infancia sea particularmente vulnerable.

Si hay una pérdida repentina del vínculo presencial con uno de los padres, de forma que el otro miembro de la pareja se tenga que hacer cargo de la responsabilidad en el cuidado y sostén físico y psíquico de los hijos en el día a día, el nivel de estrés de todos los miembros de la familia, y especialmente en los pequeños, aumentará; pero también en los adolescentes, que están en una etapa vital de transición y por la que sería fundamental, más que nunca, un ambiente de serenidad, estabilidad y confianza.

Por lo tanto, defendemos que es fundamental para la salud física y emocional de los hijos que puedan disfrutar de una relación directa, regular, próxima y estable con sus figuras parentales.

Teniendo en cuenta el título del artículo, nos preguntamos:

¿Protege realmente nuestra sociedad los derechos de los niños?

¿Es nuestra sociedad justa, comprensiva, compasiva, generosa y solidaria?

¿Qué imagen nos viene a la mente cuando hablamos de una persona encarcelada?

Cuando oímos noticias sobre las condiciones de los presos, alejados de la familia, sufriendo frío, aislamiento, falta de intimidad... ¿Cómo reaccionamos?

Cuando hacemos comentarios del estilo "tienen lo que se merecen" o "ellos se lo han buscado", ¿no escondemos un tipo de intencionalidad vengativa? También podría ser una forma de quitar las características humanas de los encarcelados. Tenemos que pensar que pueden tener hijos pequeños o adolescentes que les necesitan y que tienen derecho a tener una relación lo más próxima y estructurada posible.

Por lo tanto, planteamos ahora las dos condiciones indispensables que hay que modificar con el fin de respetar los derechos de los niños: (1) el encarcelamiento lejos de casa y (2) la duración y las condiciones de los contactos.

El encarcelamiento lejos de casa

La configuración del estado español, con la capital justo en medio de una extensión de casi medio millón de km2, hace que la distancia entre muchas capitales de provincia y Madrid sea una de las mayores de Europa. Por ejemplo, el viaje de ida y vuelta a Madrid desde Barcelona supone tener que recorrer 1.250 km; desde la Coruña, 1.100 Km, y desde Cádiz, 1.300 km.

El viaje, que se tiene que hacer en fin de semana forzosamente, resulta agotador, casi inhumano y, si atendemos el caso de los niños, incluso cruel; es el esfuerzo que se hace para tener un contacto de 40 minutos y en condiciones inadecuadas, ya que tiene lugar con un cristal en medio.

Esta injusticia hacia los niños se podría resolver con una adecuada gestión administrativa y buena voluntad, ubicando a los encarcelados en centros de reclusión próximos a la residencia habitual, dado que el sistema penitenciario español cuenta con 72 prisiones, distribuidas por todo el territorio.

Para los hijos eso representa un alto nivel de estrés, que se añade a la situación de separación y el hecho de tener los fines de semana ocupados por un viaje demasiado largo para ir a ver al padre o a la madre en prisión. Los niños, además, tienen que añadir la pérdida de las actividades sociales regulares del fin de semana, ya sean escolares, de ocio o deportivas. No hay que ser un entendido en la materia para pensar en el nivel de sufrimiento y angustia que se puede desvelar en los niños y adolescentes cuando tienen que escoger entre jugar un partido (o asistir a una fiesta) e ir a ver al padre o la madre en prisión. Si esta persona estuviera más cerca del domicilio, los niños y adolescentes tendrían la posibilidad de tener una vida social más normalizada, ya que en la sociedad actual la aceptación social es básica para la supervivencia y, si está en juego, se genera mucho estrés.

La duración y las condiciones de los contactos

AFIRMAMOS y RECLAMAMOS que en los contactos tiene que haber un mínimo de calidad si no se quieren perjudicar gravemente los vínculos afectivos de estos hijos con sus padres o madres.

¿Cómo vive un niño pequeño y un adolescente los encuentros con el padre o la madre a través de un cristal, sin poder dar o recibir un abrazo, ya irritado y cansado después de largas horas de viaje? ¿Qué se pretende con esta medida? ¿Castigar a los hijos?

Si tenemos en cuenta la importancia de la regularidad en la relación para proteger un vínculo emocional sólido, entendemos que la frecuencia mínima tiene que ser semanal, pero lo que proponemos es cambiar la duración y las condiciones de los encuentros. Habría que pensar en la posibilidad de una estada de un mínimo de dos horas, si ellos lo desean.

Es urgente trabajar a favor de que los hijos puedan reunirse con su padre o madre en un espacio adecuado que permita la proximidad física, sentarse y jugar juntos, contar con algunos juguetes y algunos utensilios para que los niños puedan dibujar y entretenerse mientras los padres y familiares hablan.

Alguna de estas propuestas ya fue recogida en el estudio de investigación que hizo la Universidad de Barcelona en 2006 con el título La presó a l'entorn familiar: Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans, coordinado por el Dr. Pep García-Borés y su equipo de investigación, en el que se explicaban las repercusiones del encarcelamiento sobre las familias. En aquel momento ya se denunciaba que "los centros penitenciarios no acostumbran a disponer de instalaciones adecuadas para que los niños se encuentren mínimamente cómodos durante los contactos con su padre o madre preso/a".

Todo lo que reclamamos es para favorecer la salud mental de muchos niños y adolescentes que están en esta situación, también para proteger como sociedad los derechos de estos adultos del futuro. Si no lo hacemos posible, hay que ser conscientes del riesgo en el que les ponemos al aumentar su nivel de estrés e irritabilidad, con graves consecuencias para su futuro.

Y por eso insistimos en la URGENCIA en trasladar a los presos a centros penitenciarios próximos a sus domicilios y revisar y modificar el tiempo y condiciones de los encuentros padres-hijos. Pensamos que es necesario hacer un esfuerzo de concienciación de los sufrimientos a los que están sometidos muchos de los hijos de los encarcelados por las condiciones que denunciamos.

Acabamos recordando que España firmó la Convención sobre los Derechos del Niño, convertida en ley en 1990. Son derechos que poseen los niños y adolescentes por la simple razón de nacer; son inalienables, irrenunciables, innatos e imprescindibles para una buena infancia. Son, por lo tanto, de obligatorio cumplimiento.

 

Maria Isabel Elduque, Montserrat Garcia-Milà y Rosa Montoliu son psicoanalistas de la Sociedad Española de Psicoanálisis (SEP) y de la Asociación Psicoanalítica Internacional (APIO)