El Tribunal Superior de Justicia ha reconocido que los temblores persistentes tras sufrir un ictus pueden constituir causa suficiente para conceder una incapacidad laboral. La resolución subraya que estas secuelas neurológicas, cuando limitan la capacidad funcional del trabajador, impiden el desempeño profesional en condiciones de normalidad y seguridad.

La sentencia pone el foco en el impacto práctico de los temblores post-ictus. No se trata únicamente de un síntoma clínico, sino de una alteración que afecta directamente a la coordinación, la precisión y la estabilidad. Según el tribunal, estos trastornos pueden dificultar acciones básicas como escribir, manipular objetos o ejecutar tareas que requieren control fino de los movimientos.

Limitaciones que van más allá del ámbito médico

El fallo judicial destaca que los temblores generan una pérdida de control motor que interfiere en actividades cotidianas esenciales dentro de numerosos entornos laborales. La afectación de la coordinación manual y la aparición de movimientos involuntarios comprometen la ejecución de tareas repetitivas, técnicas o de responsabilidad, incluso en profesiones alejadas del esfuerzo físico intenso.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA / Foto: Montse Giralt

La resolución también incide en la dimensión de seguridad. La inestabilidad derivada de estas secuelas puede impedir trabajar con garantías, especialmente en ocupaciones donde la precisión, la manipulación de herramientas o la movilidad resultan factores críticos. En este contexto, el tribunal considera que la capacidad laboral no puede evaluarse únicamente desde la posibilidad teórica de realizar funciones, sino desde su viabilidad real.

Entre las consecuencias funcionales señaladas habitualmente en este tipo de casos figuran la pérdida de precisión manual, la dificultad para mantener el equilibrio, la fatiga intensa y la imposibilidad de sostener ritmos de trabajo constantes. Estas limitaciones alteran de forma directa la autonomía profesional del afectado.

Cuando los temblores pueden justificar la incapacidad

El elemento determinante en la valoración jurídica es el carácter permanente y limitante de las secuelas. Cuando los temblores derivados del ictus no presentan mejoría significativa y restringen de manera objetiva la actividad laboral, los tribunales pueden apreciar la existencia de una situación invalidante. La doctrina judicial recuerda que la incapacidad no se vincula exclusivamente a trabajos físicamente exigentes. Las alteraciones neurológicas que comprometen la precisión, la coordinación o la estabilidad pueden resultar incompatibles con múltiples profesiones, incluidas aquellas de naturaleza administrativa o técnica.

Este tipo de resoluciones refuerza un criterio cada vez más consolidado en la jurisprudencia social, ya que las secuelas neurológicas deben evaluarse por su impacto funcional real. No es la enfermedad en sí, sino sus efectos sobre la capacidad de trabajo, lo que determina el reconocimiento de la incapacidad laboral.