Los tribunales han confirmado como procedente el despido de un trabajador que se pasaba más de 40 minutos diarios de su jornada laboral en el baño. La resolución ha generado un notable interés porque pone límites claros al uso del tiempo de trabajo y desmonta la idea de que este tipo de conductas quedan siempre impunes dentro de la empresa.

El caso analizado no se basa en un episodio aislado ni en pausas puntuales, sino en un comportamiento reiterado y constante en el tiempo. La empresa logró acreditar que el empleado dedicaba más de 40 minutos al día a estar en el baño sin causa médica que lo justificara, lo que afectaba de forma directa a la productividad y al funcionamiento normal del servicio.

Un comportamiento reiterado y sin justificación médica

Uno de los elementos clave de la sentencia es que no existía ningún informe médico ni recomendación sanitaria que avalara esas ausencias prolongadas. Los jueces consideran que, en ausencia de una causa de salud acreditada, el trabajador estaba incumpliendo de manera clara sus obligaciones contractuales básicas.

Además, la empresa demostró que el tiempo pasado en el baño no era excepcional, sino una práctica habitual. Esta reiteración fue determinante para que el tribunal entendiera que no se trataba de una simple tolerancia empresarial o de descansos razonables, sino de una reducción real y continuada del tiempo efectivo de trabajo.

Por qué el despido se considera procedente

Desde el punto de vista jurídico, los jueces aprecian varios factores determinantes. En primer lugar, una pérdida evidente de productividad, ya que esos minutos diarios acumulados suponían una merma significativa del rendimiento. En segundo lugar, un abuso de confianza, al aprovechar la flexibilidad implícita de la jornada laboral para fines ajenos al trabajo. En derecho laboral, este tipo de comportamiento encaja como incumplimiento grave y reiterado, lo que permite a la empresa aplicar un despido disciplinario y un despido procedente.

La sentencia deja claro que las pausas durante la jornada están permitidas y forman parte de la normalidad laboral, pero advierte de que su abuso continuado puede tener consecuencias muy serias. El tiempo de trabajo debe destinarse, de forma mayoritaria y efectiva, al cumplimiento de las funciones encomendadas. Así pues, el fallo marca que permanecer más de 40 minutos diarios en el baño sin justificación médica puede ser motivo suficiente para un despido procedente. Una decisión que refuerza la importancia del cumplimiento de las obligaciones laborales y del uso responsable del tiempo de trabajo.