Tal día como hoy del año 1939, hace 79 años, en el contexto de los primeros meses inmediatamente posteriores a la ocupación franquista de Catalunya y a la finalización de la Guerra Civil española (1936-1939), la Delegación Provincial del Trabajo de Barcelona hacía pública una disposición que imponía a los empresarios la obligación de conceder un permiso retribuido a sus trabajadores para asistir a los oficios religiosos de las vísperas de Navidad y de Fin de Año.

Aquella disposición se justificaba con el pretexto que los días 24 y 31 de diciembre (vísperas de las jornadas de Navidad y de Fin de Año de obligado cumplimiento festivo) estaban situadas en el calendario en domingo. Y considerando que, la misma Delegación había autorizado a los comercios de alimentación abrir puertas durante, prácticamente, toda la jornada de estas vísperas, ordenaba: “conceder al personal el tiempo suficiente, dentro de la jornada, para el cumplimiento de sus deberes religiosos”.

Aquella disposición, redactada en el particular estilo léxico de las comunicaciones internas de los cuarteles militares, se dictaba, también, en un contexto político de sublimación de las ideologías nacional-católica y españolista que habían inspirado el golpe de estado del 18 de julio de 1936 y en un contexto social de control y de terror, marcado por la persecución a la disidencia y el adoctrinamiento de las masas que dirigía y proyectaba implacablemente el Movimiento Nacional (el partido único del régimen franquista).