Ante la Proposición de Ley reguladora de las prácticas académicas universitarias externas presentada al Congreso de los Diputados, actualmente en periodo de enmiendas, la patronal PIMEC ha presentado un conjunto de propuestas en los diferentes grupos parlamentarios con el objetivo de "garantizar las condiciones que permitan una intensificación de la participación de las pymes en el sistema de prácticas".

En este sentido, PIMEC reivindica el papel de la pequeña y mediana empresa como agente formativo y lamenta que "el texto presentado no tiene en cuenta la realidad del tejido empresarial, formado mayoritariamente por pymes." Así pues, alerta de una "posible desestabilización del sistema de prácticas si no se rectifican algunos aspectos".

La patronal considera esencial "preservar la naturaleza formativa de las prácticas universitarias", mantener "la ayuda económica a la persona estudiando para compensar los gastos" derivadas de la realización de las prácticas, conservar "la posibilidad de realizar prácticas a través de las diferentes modalidades" (curriculares y extracurriculares) y, por último, "asegurar la calidad y finalidad de las prácticas, reconociendo la función formativa de las empresas."

Propuesta de enmiendas de PIMEC

  1. La Proposición de Ley (PL) elimina cualquier referencia a la naturaleza no laboral de las prácticas, y prevé que el tiempo de prácticas compute a efectos de periodo de prueba. PIMEC solicita incluir que, a partir de las prácticas, "no se derivarán en ningún caso obligaciones propias de una relación laboral, y que el tiempo de prácticas no compute a efectos de antigüedad ni de periodo de prueba".
  2. La PL delimita las modalidades de prácticas universitarias en las curriculares, eliminando las prácticas extracurriculares. PIMEC solicita mantener la oportunidad de realizar prácticas extracurriculares, o bien de ofrecer una alternativa a estas.
  3. La PL incluye un Estatuto del Estudiante en Pràctiques, que recoge, entre otros, una retribución económica mensual mínima del Salario Mínimo Interprofesional, más los gastos que se deriven de la realización de las prácticas que incluyan transporte y manutención. PIMEC considera que "la contraprestación económica en este ámbito tendría que compensar los gastos propios derivados de la realización de las prácticas y equipararse a una prestación de servicios". En cualquier caso, según la patronal, para determinar una cuantía mínima no sería adecuado basarla en un indicador salarial propio del ámbito de trabajo (SMI), sino que "se tendría que abordar teniendo en cuenta aspectos como el empleo específico en que se forman las personas participantes, los gastos de la empresa derivados de la formación o el nivel de productividad relativa de las personas en prácticas, respecto de las personas trabajadoras cualificadas en el mismo empleo".
  4. Como última enmienda, la PL establece que para cada estudiante en prácticas, la empresa tiene que disponer de una persona tutora diferente. PIMEC solicita eliminar esta limitación o bien establecer una ratio máxima de personas por tutor basada en estimaciones reales.