Los viajeros que han reservado ya sus traslados para estas vacaciones no dejan de temer que sus traslados se vean afectados por la evolución de la guerra entre Estados Unidos e Irán. A tenor de los cambios que se avecinan y que están en función de las negociaciones políticas, por el momento infructuosas, para poner fin al conflicto, los viajeros están a expensas de lo que pueda ocurrir.
Por el momento, una de las consecuencias más palpables es el aumento del precio del petróleo. Este viernes, el mercado internacional cerró con el petróleo Brent, de referencia en Europa, con una nueva subida y un coste de 109 dólares el barril. Si bien el presidente de la Asociación de Líneas Aéreas, Javier Gándara, ha querido tranquilizar tanto a las compañías del sector como a los pasajeros ante los miedos de una posible falta de combustible para los aviones comerciales a raíz de la escalada del conflicto en Oriente Medio, no deja de estar en el aire qué pasará este verano.
Además, desde el Gobierno, el secretario de Estado de Energía, Joan Groizard, aseguró que España afronta los meses estivales con el abastecimiento de queroseno totalmente garantizado gracias a las reservas estratégicas acumuladas.
El aumento del precio del combustible está llevando a algunas aerolíneas a introducir recargos en los billetes, una práctica que, si bien es legal cuando se comunica correctamente en el momento de la compra, no puede aplicarse de forma retroactiva a reservas ya confirmadas.
Los expertos en transporte aéreo y en derechos del consumidor apuntan que los pasajeros que este verano puedan verse afectados por una cancelación del vuelo tienen derechos varios, siempre que el vuelo salga de un aeropuerto de la Unión Europea y que sea operado por una aerolínea también europea.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señala que, en las cancelaciones de vuelos alegando el encarecimiento del combustible, el usuario no queda desprotegido porque en este sentido se puede acoger al reglamento (CE) 261/2004 que ampara a los pasajeros en la UE.
Otra regulación europea a tener en cuenta es la relativa al Reglamento (CE) nº 1008/2008 que obliga a las aerolíneas a garantizar total transparencia en los precios, incluyendo cualquier recargo o suplemento desde el inicio del proceso de reserva.
La OCU subraya que la subida del precio del combustible no encaja, en principio, en el concepto de “circunstancia extraordinaria” al que pueden acogerse las compañías para argumentar la cancelación, salvo si no hubiera podido evitarse incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. En definitiva, las compañías no deberían ampararse en esta causa, que se conoce desde hace ya casi dos meses, para eludir el pago de compensaciones.
La norma 261/2004 que ampara a los pasajeros en la UE da derecho al pasajero a elegir entre el reembolso íntegro del billete o un transporte alternativo hasta el destino final. Además, durante el tiempo de espera, el viajero tiene derecho a la correspondiente atención, que puede incluir comida, bebida, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el hotel cuando sea necesario.
Una indemnización de 600 euros
Además, puede existir el derecho a la indemnización. María Carrión, manager de los equipos de atención al cliente y comercial de la plataforma online reclamador.es, explica que “es muy importante distinguir entre una cancelación por seguridad aérea debido a la guerra, considerada fuerza mayor, y una cancelación por inviabilidad económica debido al coste del queroseno". "Si la aerolínea decide cancelar rutas este verano alegando la subida del precio del combustible para proteger sus márgenes, el pasajero no solo tiene derecho al reembolso del billete o transporte alternativo, sino que podría tener derecho a una indemnización de hasta 600 euros, ya que los costes operativos son un riesgo empresarial, no una circunstancia extraordinaria”.
Para que exista ese derecho a compensación económica de hasta 600 euros, Carrión aclara que “la cancelación del vuelo se tiene que avisar con menos de dos semanas de antelación".
Según datos de reclamador.es, las consultas relacionadas con vuelos y derechos del pasajero han experimentado un incremento del 18% en los últimos dos meses, en comparación con el bimestre inmediatamente anterior al inicio de las hostilidades en Irán.
Asimismo, desde Airhelp, una empresa tecnológica de viajes que trabaja para mejorar la experiencia de los pasajeros aéreos durante una interrupción de su vuelo, se advierte que el derecho a la compensación económica -que puede alcanzar hasta 600 euros- dependerá del origen de la incidencia. Si la escasez de combustible responde a una mala planificación o a problemas internos de la aerolínea, el pasajero podría tener derecho a dicha compensación. Sin embargo, si se trata de una circunstancia extraordinaria externa, como un fallo general en el suministro en el aeropuerto, la aerolínea podría quedar exenta de abonarla, aunque no de prestar asistencia.
Los viajes combinados
La situación cambia cuando se trata de viajes combinados. En estos casos, la normativa permite cancelar el contrato y reembolsar íntegramente al consumidor sin compensación adicional si puede demostrar que no se alcanza el número mínimo de personas inscritas en los plazos legales o si concurren circunstancias inevitables y extraordinarias que impidan ejecutar el viaje y se comunique la cancelación sin demora indebida.
