El pasado 25 de julio, entró en vigor la reforma que autoriza la devolución del IRPF en un único pago, por lo que los jubilados que en su momento realizaron aportaciones superiores a las mutualidades laborales ya pueden acceder a un pago que puede alcanzar los 4.000 euros según los cálculos de los técnicos de Hacienda en Gestha. 

El Boletín del Estado (BOE) publicó el pasado 25 de julio la resolución que afecta a aquellos mutualistas afectados por doble tributación entre los años 1967 y 1978. 

Quienes presentaron su solicitud en el formulario desde el 2 de abril de este año no deben realizar ninguna gestión adicional. Pero quienes lo hayan hecho antes deben volver a rellenar el formulario en la sede electrónica de Hacienda, más concretamente en este link. Existe incluso un vídeo que explica cómo presentar la solicitud de devolución. 

Es necesario identificarse con Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico o número de referencia y facilitar un teléfono de contacto y el número de cuenta bancario. Con el formulario se pueden cobrar de una sola vez todas las devoluciones. 

Aunque el proceso es telemático, se puede contactar con Hacienda en los teléfonos de atención general y específica para realizar la solicitud, informa el diario La Razón. 

Los beneficiarios de la devolución son aquellos exmutualistas y herederos que aportaron a mutualidades cuantías antes del 1 de enero de 1999 sin beneficiarse de la reducción fiscal. 

A quienes cotizaron antes de 1967 a la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina, se reconoce una reducción del 100% de la parte afectada.

Las aportaciones realizadas entre 1967 y 1978, o a mutualidades sustitutorias previas a 1979, tendrán una reducción del 25%.

Las pensiones complementarias derivadas de aportaciones anteriores a 1995 disfrutarán igualmente de una rebaja del 25%.

Para fondos complementarios vinculados al INSS, Muface, Mugeju o Isfas, se aplicará la misma reducción del 25%