En agosto había en Catalunya 1.099.867 trabajadores amparados por un convenio colectivo, de los que 622.300 (56,6%) están regulados por acuerdos de ámbito provincial o autonómico y los 477.567 (43,4%) restantes los son por un convenio de ámbito estatal, según los datos recientes hechos públicos por el Departament de Empresa i Treball. Los convenios, aunque regulan numerosos aspectos de las relaciones laborales entre las empresas y sus trabajadores, tienen tres puntos fuertes: las subidas salariales, la jornada laboral computada en horas anuales y la revisión salarial, según el IPC.
En términos generales, en todos los convenios colectivos se cumple el axioma de que a mayor subida salarial, mayor será la jornada pactada y menor el derecho a que las nóminas se revisen cada año en función de la inflación, con el fin de que no se pierda poder adquisitivo. Los datos publicados por el Observatori del Treball i Model Productiu permiten hacer una comparativa en función del ámbito geográfico —autonómico, provincial y estatal— de los 421 convenios colectivos que actualmente están en vigor en Catalunya y nos conducen a una conclusión: los trabajadores con convenio estatal disfrutan hasta agosto de una subida salarial mayor, del 3,28%, frente a la media de los convenios provinciales y autonómicos, del 3,18%.
Lo que arroja que la subida salarial, según los convenios en Catalunya para los casi 1,1 millones de asalariados está en el 3,24%, un cuarto de punto inferior al 3,5% de la media de España. Pero según la lógica inversa de “a mayor subida, menos horas trabajadas”, las jornadas pactadas para los trabajadores catalanes, 1.732 horas al año, son inferiores a la media de 1.750,7 horas en España. Igualmente, los convenios con vigor en Catalunya de índole nacional compensan las subidas salariales superiores con jornadas más extensas, de 1.743 horas, que los de ámbito meramente catalán, con 1.718 horas de trabajo al año.
Mejor, los autonómicos
Es difícil concluir qué convenios son mejores, si circunscritos exclusivamente a Catalunya o los que tienen un ámbito estatal, pues habrá quién prefiera cobrar menos, pero trabajar menos o a la inversa. Pero si se analizan por separados los de ámbito autonómico, los nacionales o los provinciales, se puede concluir que las diferencias benefician a los primeros frente a los otros dos, al menos con los datos de agosto, últimos disponibles.
Convenios autonómicos: actualmente existen en vigor 30 de estos convenios que rigen en toda Catalunya, aunque con un alto volumen de empresa —33.286 que suponen el 46% del total— aunque de menor volumen, pues los trabajadores cubiertos —311.041— equivalen al 28,3% de los amparados por un convenio colectivo. De media, en agosto arrojan una subida salarial del 3,23% (a cinco centésimas de los nacionales), pero con una jornada muy inferior, de 1.691 horas al año, la más baja de todas las modalidades de convenios.
Convenios provinciales de Barcelona: bajo su paraguas hay 50.581 empleados, con una subida salarial del 3,49% (la más alta) y con una jornada de 1.769 horas semanales. Con diferencia, es dentro de los provinciales el más beneficioso desde el punto de vista del asalariado.
Convenios provinciales de Girona: regulan a 69.632 personas, por encima de los convenios de Barcelona, que tiene la menor subida salaria de las cuatro modalidades provinciales, el 2,83% a agosto y una de las jornadas más elevadas, con 1.771 horas anuales.
Convenios provinciales de Lleida: se rigen por ellos 14.013 trabajadores, con una subida a agosto del 3,03% y una jornada media de 1.785 horas, la más alta de todos los convenios catalanes.
Convenios provinciales de Tarragona: amparan a 32.300 asalariados, que disfrutan de una subida a agosto del 3,01% y trabajan 1.757 horas al año, la menor entre los convenios provinciales de Catalunya.
Revisión salarial
Otra cosa a favor de los convenios netamente catalanes —autonómicos y provinciales—, frente a los de ámbito nacional con vigor en Catalunya es la garantía de que los salarios tendrán una subida adicional si aumentaron por debajo de la inflación, lo que se conoce como revisión salarial. Con los datos del Observatori del Treball, el 53,3% de los asalariados con convenios autonómicos y provinciales tiene derecho a la revisión salarial para que la inflación no como poder adquisitivo a sus salarios, frente al 40% de los que están bajo el amparo de los convenios de índole nacional. El análisis sobre los convenios en Catalunya no desagrega los datos de la revisión salarial entre los convenios autonómicos y los provinciales.