La DGT se pone seria: a partir del 22 de enero de 2024, no se podrá vender ningún patinete sin la debida certificación oficial. Además, los patinetes vendidos con anterioridad a esa fecha que no dispongan de certificación no podrán circular a partir del 22 de enero de 2027.
Regulación
Para que un patinete esté certificado, la empresa que lo fabrica debe formar parte del Registro de marcas y fabricantes de VMP de la DGT. Si se cumple este requisito, cada patinete que dicha marca fabrica podrá homologarse y circular siempre y cuando supere unas pruebas realizadas en un laboratorio habilitado para tal fin. En dichas pruebas, se incluyen ensayos de velocidad máxima y de frenado, pruebas de comportamiento dinámico, ensayos sobre requisitos eléctricos y pruebas de apagado, entre otras.
Normativa
La nueva medida atiende a la creciente preocupación que genera en diferentes ámbitos la proliferación de estos vehículos, cuya entrada a medios de transporte público se ha limitado en diferentes ciudades y, también, en la red nacional de ferrocarriles. Del mismo modo, se fija una edad mínima para conducirlos y la mayoría de los consistorios españoles regula su uso en normativas locales. Al fin y al cabo, no dejan de ser un vehículo a motor.