¿Has recibido últimamente alguna llamada comercial de esas que llegan en el peor momento y de las que se encarga un teleoperador especialmente insistente? Si la respuesta es sí, te en cuenta que, a lo mejor, no hay mal que por bien no venga, porque la empresa que ha promovido dicha llamada (el operador no, el sólo está haciendo su trabajo) podría estar incumpliendo la Ley según a que hora te haya llamado y, fíjate por donde, hasta puedes tramitar una denuncia y conseguir que no vuelvan a molestarte más.
 

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Horario legal

En España, las llamadas telefónicas con fines comerciales están reguladas por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece una serie de obligaciones a cumplir por parte de la empresa emisora de las llamadas. Entre ellas, figura la necesidad de dejar clara la identidad de quien llama y de quien promueve la llamada y especificar la finalidad comercial de la misma. Otra oblgación, la más important, tiene que ver con el horario de llamadas permitido: sólo pueden realizarse entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche. Y siempre de lunes a viernes. Además, y aunque no este regulado por Ley, en España es costumbre que las llamadas no tengan lugar entre las 15.00 y las 16.00 h y que se produzcan no las 9, si no a partir de las 10.00 h, aunque esto tiene que ver más con códigos éticos que con normativas legales.

Denuncia

Si la llamada se produce fuera de los horarios legales para ello y no quiere atender, el usuario tiene todo el derecho a presentar denuncia oficial ante las autoridades competentes en materia de consumo en su lugar de residencia. Al hacerlo, deberá iniciarse una investigación que, siempre, tendrá como resultado final una multa a la empresaen cuestión. También, por supuesto, puedes reclamar hasta daños y perjuicios si consideras que se han producido. En Zaragoza, por ejemplo, un Juzgado ha considerado que Vodafone desarrolló una labor comercial telefónica "avasalladora y acosadora" sobre un cliente que había solicitado extrajudicialmente que eliminasen sus registros de la base de datos de la compañía y que, en consecuencia, debe indemnizarle con 6.000 euros al haberle causado daños "morales y psicológicos"

Las llamadas vinculadas a cuestiones técnicas no están afectadas por estos horarios, pero las que se realizan para reclamar deudas, sí. Todo depende, en definitiva, de lo enfadado que estés y de las ganas de fastidiarles tanto o más de lo que ellos lo han hecho pero, también hay que recordarlo, otra opción inteligente es bloquear los números desde donde llaman las compañías más insistentes o pasar tú directamente a la acción y llamarles para ver qué quieren y, por supuesto, recordarles todo lo que están haciendo mal y avisarles de a que se exponen. Si eres los suficientemente contundente (a mí me pasó con una empresa de recobros que reclamaba una deuda falsa) llegarán incluso a bloquearte a ti ellos.