El Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de los 1.600 trabajadores en España de Fujitsu Technology a recibir la cesta de Navidad del 2016, suprimida de forma unilateral por la empresa, tras valorar que al haberse dado ya en años anteriores se había convertido en una condición más del contrato.

La sala de lo Social asegura que supone una "condición más beneficiosa" que favorece a los empleados, quienes venían disfrutando de la cesta "de manera regular, constante y reiterada todos los años" desde que la compañía comenzó su actividad, y añade que el que no se pudiera dar en un ejercicio concreto a fin de recortar costes no permite eliminar tal derecho.

En 2013, Fujitsu dejó de entregar la cesta que repartía a toda su plantilla anualmente, con la única excepción de 1997, cuando se sustituyó por un cheque-regalo, amparándose en un plan de reducción de costes que en aquel momento no fue impugnado por los sindicatos. Desde entonces, continúa el relato, la empresa no ha vuelto a implantarla a pesar de que entre 2014 y 2016 las representaciones sindicales así lo solicitaron.

Ahora el Supremo rechaza el recurso interpuesto por la firma contra la sentencia de la Audiencia Nacional por la demanda de UGT, CCOO y USO, y da de nuevo la razón a los trabajadores. En concreto, insiste en que muestra de que la cesta era una condición más beneficiosa del contrato laboral es que Fujitsu la repartiera "a todos, sin excepción ni condicionamiento" y con una "plena y consciente voluntad".