El Tribunal Supremo (TS) ha avalado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que impedía al Ayuntamiento de Barcelona el control de la marca "Barcelona" para designar productos y servicios. A su sentencia, la sala tercera del Supremo desestima el recurso de casación que el Ayuntamiento de Barcelona y avala dos resoluciones de la Dirección General de la Oficina de Patentes y Marcas del Ministerio de Industria que en el 2013 denegaron la inscripción de la marca nacional colectiva "Barcelona".

La sentencia rechaza el registro de "Barcelona", al entender que este término no tiene carácter distintivo porque impide que se cumpla la finalidad propia de las marcas colectivas, que es la de "identificar el origen empresarial de un producto o servicio procedente de uno de los miembros integrantes del ente asociativo", así como servir de "garantía" de estos. El Supremo se remite a la ley de Marcas de 2001, que define como marca colectiva todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir el mercado los productos o servicios de los miembros de una asociación titular de la marca de los productos o servicios de otras empresas.

"Esta definición de la marca colectiva presupone que el signo que se pretende registrar disfrute de capacidad distintiva propia y tiene, por lo tanto, lo suficiente bastante individualizadora para poder determinar el origen empresarial de los productos o servicios de los miembros de una asociación de interés privado o el origen corporativo de los productos o servicios designados", añade la sentencia del TS. Para los magistrados, los signos utilizados en la configuración de una marca colectiva tienen que ser apropiados para cumplir la función esencial de identificar el origen empresarial o corporativo de los productos o servicios reivindicados con respecto a los de otras empresas u organismos.

El Ayuntamiento inició un proceso para controlar el uso de la marca "Barcelona", a raíz del fallido proyecto "Barcelona World", el complejo de ocio y juego que estaba previsto construir en la provincia de Tarragona. Fuentes del Ayuntamiento de Barcelona han señalado que están "a la espera de recibir oficialmente la sentencia y estudiarla a fondo". Han considerado que con esta sentencia "finaliza la vía jurisdiccional", que "no es una sorpresa porque confirma el anterior" y que el proyecto de trabajo de este gobierno municipal sobre la marca y la reputación de Barcelona se mantiene.