El Consell de Govern de les Illes Balears ha aprobado este viernes un decreto que prohíbe la venta de bebidas energéticas a menores de edad y en el que se establecen sanciones de entre 6.000 y 60.000 euros para los comerciantes que incumplan la normativa. El decreto ley de medidas urgentes en materia de protección de la salud pública también regula el uso del óxido nitroso, el 'gas de la risa', para impedir su comercialización con fines recreativos. La consellera de Salut de les Balears, Manuela García, ha asegurado que las decisiones del decreto se han tomado "con datos y evidencia científica" en la mano y que pretenden abordar lo que ha descrito como "un problema de salud pública con estos elementos". "Las dos prohibiciones vienen avaladas por los datos y tienen el apoyo de la comunidad científica", ha subrayado.
Los informes técnicos, ha advertido, ponen de manifiesto que el consumo de bebidas energéticas se está extendiendo de manera generalizada entre los jóvenes, muchas veces mezcladas con alcohol. Por esta razón, ha subrayado la consellera, la medida principal del decreto ley es la prohibición de la venta y el suministro de bebidas energéticas a menores de edad, una medida que ya existe en Galicia. Las bebidas energéticas se venden "asociadas a un mensaje de alto rendimiento y energía" con "un elevado grado de aceptación social" a pesar de no tener apenas ningún valor nutricional real.
Estos productos contienen habitualmente concentraciones elevadas de cafeína, junto con azúcares y otros estimulantes, y su consumo por parte de menores es desaconsejado por las principales sociedades científicas. La evidencia disponible asocia su consumo con alteraciones del sueño, nerviosismo, taquicardia, una elevada aportación de azúcares y un riesgo mayor cuando se combinan con bebidas alcohólicas. Según la encuesta Estudes 2023, el 47,7% de los estudiantes de entre 14 y 18 años había consumido bebidas energéticas durante el último mes, y el 19,5% reconocía haberlas mezclado con alcohol durante este mismo periodo. Esta mezcla hace que los jóvenes pierdan la percepción de su propia embriaguez y les anima a beber más, lo que aumenta las conductas de riesgo y los peligros. "Estamos hablando de algo emergente muy extendido entre la población juvenil", ha dicho García.
La prohibición relativa a las bebidas energéticas se circunscribe a la venta y el suministro a menores de edad y no afecta a otras categorías de productos, como las bebidas isotónicas de reposición deportiva, que responden a una composición y una finalidad diferentes. La regulación se hace modificando la ley autonómica sobre drogodependencias y otras adicciones, lo que permite que las bebidas energéticas pasen a estar sometidas por la misma normativa que la venta del alcohol o el tabaco. Por lo tanto, los controles en los establecimientos se harán de la misma manera, ha subrayado García.
Esta regulación se suma a la de Galicia, que ya prohíbe la venta de bebidas energéticas a los menores de edad. A escala estatal, todavía no existe ninguna normativa que establezca esta prohibición, a pesar de que el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo, que dirige Pablo Bustinduy, avanza en un proyecto de ley que prohíba su venta a los menores de 16 años. El grupo parlamentario Sumar en el Congreso de los Diputados planteó una proposición de ley para vetar la venta de estos productos energéticos a los menores de edad, pero el voto en contra del PP, Vox, Junts y Coalición Canaria evitó que se pudiera debatir en la cámara baja española.
Regulación del gas de la risa
En cuanto al gas de la risa, la norma actúa exclusivamente sobre su comercialización con fines recreativos, un fenómeno emergente cuya presencia ha aumentado en determinados entornos de ocio y turísticos. Los informes técnicos describen que el consumo recreativo de esta sustancia puede provocar pérdida de conciencia, alteraciones de la coordinación, accidentes, hipoxia y, cuando el consumo es repetido, lesiones neurológicas relacionadas con el déficit funcional de vitamina B12. Quedan al margen de la nueva regulación los usos médicos, odontológicos, hospitalarios, alimentarios e industriales del óxido nitroso, que continúan plenamente autorizados. La normativa incorpora estas prohibiciones a la ley sobre drogodependencia de las Balears e incorpora sanciones de entre 6.001 euros y 60.000 euros por los incumplimientos.
