El juzgado de instrucción número 21 de Valencia ha archivado la investigación reabierta por el accidente de metro del 3 de julio del 2006, en el cual murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas. Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Valencià a la magistrada considera que no hay responsabilidades penales y que no ha quedado acreditado que el accidente se produjera a causa del estado del vagón o de las vías. Las mismas fuentes han informado que la decisión ha sido tomada después de estudiar los informes emitidos por varios peritos y las declaraciones de testigos.

Asimismo, la jueza señala que según los expertos en seguridad ferroviaria, tanto las instalaciones, como el trazado, el carril, las traviesas, las fijaciones y otros elementos se encontraban en un estado y condiciones suficientes para mantener la de seguridad de la marcha a los 40 kilómetros por hora que indicaba el punto donde se produjo el descarrilamiento del convoy, que circulaba a 80 kilómetros por hora.

En este sentido, el juzgado rechaza la petición de la Asociación de Víctimas del Metro 3 de Junio (AVM3J), que representa 13 de las 90 víctimas, para que se tomara declaración a la exdirectora de Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana (FGV) y a los cuatro técnicos investigados.

La jueza considera que ni a ellos ni a los otros 3 trabajadores investigados que sí que han declarado, se les puede exigir responsabilidades penales por 43 delitos de homicidio y 47 delitos de lesiones por imprudencia profesional por no haber adoptado medidas de seguridad adicionales en las que ya existían.

Sin obligación de colocar una baliza

En este sentido, indican que ninguna norma obligaba a la colocación de una baliza a que protegiera el tren ante un exceso de velocidad en la curva en la que descarriló, una de las peticiones del AVM3J. La instructora se remite a los informes periciales, para remarcar que en el 2006 la inexistencia de balizas ante las curvas era una pauta de actuación común en otras administraciones ferroviarias.

Y añade que, en el caso de Valencia, se valoraron otras circunstancias cómo el hecho que nunca antes hubiera habido accidentes o incidentes relacionados con los excesos de velocidad curva; y que ni maquinistas, ni factores de circulación ni trabajadores de infraestructuras ni técnicos de línea ni sindicatos advirtieron nunca del peligro de la misma.

Lo que es decisivo desde la perspectiva penal es si las medidas de seguridad existentes cumplían con los estándares de seguridad del sector. Y como se señaló en resoluciones anteriores a la reapertura del procedimiento, la mejora o el incremento de las medidas de seguridad efectuadas a posteriori, no puede equivaler en el ámbito penal al hecho de que la situación previa pueda considerar sospechosa de criminalidad ", señala la jueza en la resolución.

De lo que se ha expuesto por los peritos durante la fase de instrucción, el juzgado concluye que el sistema de frenazo automático puntual FAP, que operaba en la Línea 1 era adecuado y análogo al sistema ASFA que funcionaba en los trenes de cercanías con los cuales la Línea 1 comparte características por tener un trayecto de 100 kilómetros, 96 pasos a nivel y tan sólo 7 kilómetros de tramo subterráneo.

En el acto, la jueza rechaza una nueva petición de la fiscal para que 6 peritos emitan otro informe sobre aspectos sobre los cuales ya se han pronunciado los expertos de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

La decisión de archivar la causa y de rechazar nuevas periciales, llega días después de que la Audiencia provincial de València diera apoyo a la instructora, y rechazara la petición de la Fiscalía porque los peritos de la Inspección de Trabajo y el Invassat (Instituto Valenciano de seguridad y Salud en el Trabajo) realizarán una ampliación de los informes.

Segundo archivo en un largo camino judicial

La investigación por el accidente del metro se archivó a petición de la Fiscalía en diciembre de 2007, confirmada por la Audiencia de València en mayo de 2008. En enero de 2014 la Audiencia, en este caso la sección segunda, ordenó la reapertura a petición de la Fiscalía y contra del criterio de la instructora. Desde entonces se han practicado las diligencias ordenadas por la Audiencia, otros que solicitaron las partes y aquellas que la jueza acordó de oficio.

La causa consta de más de 8.200 folios distribuidos en 30 tomos, a los cuales hay que añadir numerosos archivos informáticos con un volumen superior en los 2.000 folios. Se ha tomado declaración a tres investigados y a 100 testigos. Desde la reapertura, en enero de 2014, han comparecido ante la jueza 21 maquinistas de la Línea 1. Según ha informado el TSJ, ninguno de ellos aseguró tener problema o incidente en la curva donde descarriló el vagón, por donde pasaron 2 millones de trenes desde que entró en funcionamiento la línea, en 1988

La resolución de archivo, que consta de más de 200 hojas, llega después de analizar el resultado de todas las diligencias, la documentación técnica y los informes de los peritos y las declaraciones de testigos y concluye que no hay responsables penales del accidente, según explica el TSJ valenciano.