La Audiencia de Barcelona ha ordenado la reapertura de la investigación sobre el incendio que sufrió la nueva mezquita de Piera (Anoia), situada en el número 172 de la calle del Bedorc, la madrugada del 12 de julio de 2025. El interior quedó calcinado poco antes de su inauguración oficial. Según una resolución conocida este jueves, el tribunal da parcialmente la razón a la Comunitat Islàmica de Piera—Masjid Arrahmnan, que ejerce la acusación particular con el abogado Benet Salellas. La acusación sostiene que el incendio fue intencionado y que, además de un delito de daños, es un delito de odio.
El juez de Igualada que se hizo cargo de la investigación la cerró en agosto pasado, ratificada en diciembre, al asegurar que “no había indicios racionales de criminalidad”. Los Mossos, en sus informes, no identificaron a ningún sospechoso. Ahora la tendrá que reabrir y practicar una de las pruebas solicitadas por la acusación particular. La Fiscalía se adhirió al recurso presentado por la comunidad islámica de Piera.
Ubicación de móviles
En la inspección del local incendiado, los Mossos d’Esquadra encontraron acelerante. La primera prueba solicitada y descartada, por ahora, es que la investigación se encargue a la Unidad Central de Delitos de Odio y Discriminación de los Mossos d’Esquadra. Lo harán los Mossos, pero será la unitat de la policia judicial del territorio.
La segunda prueba solicitada, y aceptada por la sección 7.ª de la Audiencia de Barcelona, es que se analicen los terminales móviles que había en los alrededores de la mezquita el día que se produjo el incendio, a través de las antenas BTS, así como solicitar información a las operadoras de telefonía. No obstante, el tribunal expone que primero se deberá solicitar un informe a la policía catalana sobre la “eficacia que para la identificación de los autores del hecho pueda tener la identificación de los terminales móviles en la zona”.
En concreto, el abogado de la acusación pide que se obtengan datos de tráfico y localización de terminales móviles que pudieran encontrarse en la zona de cobertura de las antenas BTS, entre las 02.45 y las 03.36 horas del 12 de julio de 2025, cuando se produjo el incendio en el centro religioso. También que las operadoras aporten el listado de terminales que en aquellas horas y lugar tuvieron alguna conexión.
En el auto, el tribunal —formado por los magistrados Ana Rodríguez, Marcelo Ortega y Pablo Díez, ponente— razona que estas diligencias “solo podrían ofrecer información válida para identificar a los autores si permiten ubicar los móviles en el recinto del oratorio o en una zona muy próxima”. En otro caso, añade “podrían incluir datos de personas totalmente ajenas, cuya intimidad, además, pudiera verse afectada de forma injustificada”. Por eso, la Audiencia de Barcelona ordena que “con carácter previo” la policía catalana haga un informe sobre “la eficacia” de las diligencias solicitadas.