La Audiencia de Barcelona ha estimado este martes el recurso que presentó Acció Cassandra contra la decisión del juzgado de primera instancia de rechazar su querella por el caso DGAIA que presentó el pasado mes de abril. El tribunal revoca la decisión de la instancia inferior y ordena investigar los hechos al considerar que pueden ser delito y que existen elementos indiciarios que corroboran las acusaciones formuladas por la asociación independentista. En palabras del abogado y presidente de Acció Cassandra, Lluís Gibert, "este auto es muy claro; la Audiencia no dice solo que el juez se lo tenga que volver a mirar, sino que dice que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de delitos y que hay indicios que lo sostienen".
La asociación, que hace el papel de la acusación popular en este caso, se querelló contra cuatro exconsellers de Derechos Sociales y altos cargos del departamento, así como asociaciones prestadoras de servicios y también contra Esquerra Republicana. Los acusan de delitos de malversación de fondos públicos, falsedad en documento público, encubrimiento, acoso laboral y financiación ilegal. El juez de primera instancia descartó admitir a trámite la querella, ya que no apreciaba indicios de delito suficientes ni una concreción individualizada de la participación de cada alto cargo en los presuntos delitos. Consideraba que las conclusiones a las que llegaba el informe del Síndic de Greuges sobre la situación descartaban la comisión de delitos y que el resto de la querella se apoyaba en informaciones de prensa y, por lo tanto, no podía ser admitida.
El tribunal ordena investigar el caso, donde podría haber delito
El tribunal, sin embargo, rechaza los argumentos del instructor y dice que, aunque este concluya que "haya o no entendido que pueda existir un ilícito penal, es el instructor el que debe hacer esta valoración por sí mismo, y no remitirse a lo concluido por otro organismo no judicial que además no consta en la causa". Sobre la falta de elementos para corroborar los hechos denunciados, el tribunal da peso a la denuncia anónima de un trabajador del departamento, donde habría grabaciones "en las cuales los interlocutores reconocen no solo que se falsean documentos, sino que incluso se acepta la existencia de una malversación de fondos públicos".
La Audiencia también indica que hay informes de la Sindicatura de Cuentas, expedientes concretos con presuntas irregularidades, la investigación iniciada por la Oficina Antifrau de Catalunya después de una primera valoración de verosimilitud y la referencia a los 167 millones de euros en pagos indebidos en prestaciones sociales entre 2016 y 2020, de los cuales 4,7 millones corresponderían a jóvenes extutelados. En este punto, la Sala es especialmente explícita al afirmar que "los hechos relatados en la querella pueden ser constitutivos de infracción penal" y que "existen elementos indiciarios que corroboran estas afirmaciones", por lo que concluye que la inadmisión inicial debía ser revocada. Para Gibert, "la resolución de la Audiencia desmonta la idea de que estábamos ante una querella sin base. El tribunal reconoce que hay apariencia delictiva y que existían suficientes elementos para impedir que el caso fuera cerrado de pleno".
Desde la asociación denunciante indican que la Audiencia corrige la decisión que "impedía investigar unos hechos de extrema gravedad". El director asegura que "lo que ha dicho hoy la Audiencia es que esto no se podía enterrar en un cajón cuando hay indicios de malversación, de falseamiento documental, de pagos indebidos, posibles plazas fantasma y de acoso a quien lo denuncia". Gibert añade que "Acció Cassandra continuará hasta el final porque aquí no hablamos de irregularidades menores ni de errores administrativos aislados, sino de unos hechos que pueden tener relevancia penal y que afectan directamente recursos públicos destinados a personas especialmente vulnerables". Ahora, la querella vuelve al juzgado instructor para que valore si concurren el resto de requisitos necesarios para la admisión de la querella y, en caso afirmativo, adopte la decisión que corresponda y acuerde las diligencias que considere oportunas.
