La Audiencia de Barcelona ha condenado a 17 años de prisión al hombre acusado de matar a un joven de un navajazo en un bar del Puerto Olímpico de la capital catalana, en un crimen que enfrentó a dos clanes gitanos rivales del barrio de la Mina de Sant Adrià de Besòs.

En su sentencia, la jueza condena a Luis Cortés por un delito de asesinato e impone penas de multa y de cuatro años de prisión, por un delito de maltrato de obra y otro de lesiones, a dos primos suyos que agredieron reiteradamente a la víctima antes de su muerte, ocurrida el 24 de enero del 2016. La Audiencia condena además Cortés a indemnizar con 200.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima, con 100.000 su mujer y con 40.000 su madre.

De acuerdo con el veredicto del jurado popular que juzgó el caso, la sentencia considera probado que Cortés y sus dos primos iniciaron una discusión con la víctima en el interior de una discoteca del Puerto Olímpico de Barcelona.

En el transcurso del enfrentamiento, Gabriel Reyes, primo de Cortés, golpeó en frente al muerto, aprovechando, según la sentencia, que la víctima "no podía ejercer una defensa eficaz por el precario estado físico en que se encontraba, por el previo consumo de alcohol, con una tasa de 2,88 gramos por litro". Posteriormente, Luis Cortés y Juan Manuel Vargas golpearon al muerto con "objetos cortantes" que le impactaron a la cabeza, el cuello y la espalda, aprovechándose de su superioridad numérica y del ebrietat de la víctima.

Al mismo tiempo o inmediatamente después, añade la sentencia, con la intención de acabar con la vida de la víctima, Luis Cortés le clavó un cuchillo en el torso que le perforó la arteria torácica y que provocó su muerte aquella misma noche, a causa de la pérdida de sangre. La magistrada impone 17 años de prisión a Luis Cortés por asesinato, dos años más de la mínima prevista para este tipo de delitos, al tener en cuenta que cuando cometió el crimen estaba acompañado de amigos y familiares mientras la víctima estaba sola y que la agresión fue "totalmente gratuita motivada por un incidente nimio que ni siquiera tuvo que ver con él".

También ha tenido en cuenta la jueza que el condenado abandonó el local "sin la mínima preocupación por la víctima" y que llevara con él, "injustificadamente" en un "momento y un lugar de ocio", el arma de 18 centímetros de largo y de 2,5 a 3 de ancho con la cual cometió el crimen. La sentencia condena también Gabriel Reyes, primo del principal acusado, a una multa de 360 euros por un delito de maltrato de obra, con el agravante de alevosía, por las veces que clavó al muerto antes de que recibiera el navajazo mortal.

También impone cuatro años de prisión a Juan Manuel Vargas, a otro primo del asesino, por un delito de lesiones y le prohíbe acercarse a menos de 1.000 metros del entorno de la víctima o comunicarse con ellos por cualquier medio informático o telemático.

Los tres acusados son primos y miembros del clan familiar "Los Pelúos" de la Mina, que después del crimen tuvo que abandonar este barrio de Sant Adrià de Besòs por miedo que las represalias del clan de "Los Baltasares", al cual pertenecía el muerto.