El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha aprobado una medida cautelar en una escuela de la ciudad de Barcelona, del barrio de Horta-Guinardó, para que se imparta en castellano, además de lengua, "una o unas materias, que, por su importancia en el currículum y su carga lectiva, puedan ser consideradas principales". En la resolución, consultada por ElNacional.cat, el tribunal hace referencia a la resolución de otro caso anterior que planteaba las mismas cuestiones, y en el cual se determinó que se tiene que garantizar "jurisdiccionalmente al alumno un uso docente mínimo del castellano en un centro en concreto".
El proyecto lingüístico del centro de este nuevo caso también sigue el sistema de inmersión lingüística en el que, según el tribunal, "la presencia de la lengua castellana, salvo la asignatura de lengua y literatura, puede ser calificada de residual". "La interpretación constitucional del derecho de los alumnos a recibir la enseñanza en castellano exige la garantía de una presencia mínima de la lengua castellana en la enseñanza", reitera.
"Respetar la cooficialidad"
El TSJC cree que el sistema de inmersión "podría tener viabilidad en una enseñanza gratuita binaria o de opción lingüística, pero presenta límites en un modelo único integral de enseñanza gratuita para todos los alumnos, como es el de Catalunya, donde se tiene que respetar la cooficialidad de las lenguas y el derecho de los alumnos a recibir un mínimo de enseñanza en castellano", por lo cual aprecia la cautelar para garantizar un mínimo de castellano.
Desde la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Catalunya (AEB) celebran la decisión del TSJC y recuerdan que este es el "segundo nuevo centro que tendrá que impartir asignaturas troncales o principales en castellano desde el inicio del curso 2024-2025" y añaden que esta escuela de Barcelona "se suma al resto de centros con alumnos que pueden estudiar en castellano y catalán gracias a la AEB". Además, esta asociación pone de manifiesto que el TSJC, "además de advertir a la Generalitat y al centro de su deber de salvaguardar la intimidad de las familias solicitantes, le recuerda que es la escuela quien tiene que establecer el uso de las lenguas, pero que eso nunca se puede saltar la Constitución".
Sobre esta garantía constitucional también habla la resolución del TSJC, que apunta que "el uso mínimo del castellano, como lengua de aprendizaje, no aparece garantizada de manera suficiente en el centro escolar que examinamos; incluso, ni siquiera parece que puedan cumplirse razonablemente los objetivos sobre el uso educativo y curricular del castellano fijados en la nueva legislación catalana de 2022". Según el TSJC, a estas alturas en el centro "las horas lectivas quedan limitadas a la impartición de la asignatura de lengua y literatura castellana, y a su uso en algunas actividades lectivas de taller o lectura en castellano por un tiempo muy limitado". Así pues, considera que el castellano de esta escuela es insuficiente y "no satisface notoriamente la garantía de presencia adecuada de la lengua castellana en los currículums y proyectos educativos".
