El Tribunal Supremo no pondrá ninguna objeción para que Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva salgan de la prisión para recoger su acta de diputado los cuatro primeros, y de senador el quinto. Otro cosa es que puedan llegar a ejercer de diputados y senador una vez escogidos a las elecciones generales del 28-A.

El Tribunal Supremo, según informa El Periódico, tiene intención de comunicar al Congreso de Diputados y al Senado que, al igual que el Parlamento, los cinco están suspendidos para ejercer un cargo público según recoge el artículo 384 bis de la ley de enjuiciamiento criminal para los procesados por terrorismo o rebelión.

Se trata de aplicar a los cuatro diputados y al senador electo lo mismo que hizo el magistrado Pablo Llarena en el caso de las elecciones al Parlament del 21-D, cuando el julio pasado, al procesar a los presos políticos, comunicó a la cámara catalana que aquellos que eran diputados (y que habían delegado su voto, tal como prevé el reglamento del Parlament, para encontrarse en la prisión en el exilio) quedaban suspendidos en aplicación del artículo 384 bis de la Lecrim.

Fuentes jurídicas consultadas por El Periódico consideran que el Supremo no tendría que hacer ninguna comunicación a las Cortes españolas, al entender que la suspensión por el Parlamento se hace extensiva al Congreso de los Diputados y el Senado.

En el momento que Llarena suspendió de funciones los presos políticos diputados en el Parlament, hubo juristas que consideraron errónea la interpretación hecha por el magistrado del artículo 384 bis, al entender que la suspensión sólo debía aplicarse en caso de condena firme. Tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional han avalado la decisión de Llarena.

Los diputados electos empezarán a recoger sus actas a partir del 6 de mayo, aunque no hay fecha límite para cumplir el trámite. Después habrá que ver que pasará con Junqueras, Sànchez, Turull, Rull y Romeva. Desde las Corts apuntan que harán aquello que manden los tribunales.