El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad archivar los recursos de amparo que habían presentado Cs y PP para suspender cautelarmente los acuerdos de la Mesa del Parlamento que admitían la delegación de voto del president Carles Puigdemont y del conseller Toni Comín. El tribunal considera que los recursos han perdido su objeto, ya que estas delegaciones de voto ya no están en vigor, según la Mesa.

El tribunal también ha denegado, por unanimidad, la petición que hizo Cs de suspender cautelarmente varios acuerdos de la Mesa sobre las delegaciones de voto y su ponderación, al considerar que sólo se puede hacer cuando haya una valoración del fondo del asunto.

Argumentos de Cs y PP

Puigdemont y Comín pidieron la delegación de voto en abril del año pasado en concepto análogo al de la incapacidad prolongada, cosa que la Mesa aceptó a pesar de las peticiones de reconsideración de Cs y PP. Según estos dos grupos, y citando los servicios jurídicos de la cámara, el deber de asistencia presencial a los debates y votaciones sólo se puede sustituir por la delegación de voto en el caso de permiso de paternidad o maternidad, hospitalización, baja por enfermedad grave o incapacidad prolongada.

Recordaban, además, que Comín y Puigdemont no habían acreditado su incapacidad, y que esta delegación contravendría un auto del mismo TC de enero del 2018 que impedía delegar el voto a los diputados con orden de busca y captura.

Cs y PP pidieron la suspensión inmediata de la delegación para evitar alterar las votaciones de la cámara, cosa a la cual se opuso la fiscalía y el propio Tribunal Constitucional. No estuvo hasta el mes de febrero pasado que el tribunal preguntó al Parlamento si los acuerdos de abril del 2018 todavía eran vigentes. El 20 de marzo, el letrado del Parlamento, en representación y defensa de la cámara, certificó que la delegación de voto de Puigdemont quedó sin efectos el 9 de octubre, y la de Comín fue revocada el 29 de mayo a petición del propio afectado. Por todo eso, como las delegaciones ya no son vigentes, el TC determina la pérdida de objeto y archiva los recursos.