La defensa del exjefe de los Mossos Josep Lluís Trapero ha pedido a la fiscalía que aclare si finalmente lo acusará por rebelión o por sedición. Los abogados maniobran de esta manera después de que en el Tribunal Supremo cayera la rebelión en la sentencia contra los líderes independentistas.

Precisamente, la fiscal general del Estado, María José Segarra, constataba el jueves pasado la "trascendencia" del texto del alto tribunal en el caso contra el exjefe de los Mossos que se sigue en la Audiencia Nacional. En este sentido, la defensa de Trapero considera que si finalmente hubiera un cambio de calificación del ministerio público, la Audiencia Nacional ya no sería competente para juzgarlo, y habría que trasladar el caso a la Audiencia Provincial de Barcelona.

En el escrito que la defensa de Trapero ha dirigido a la fiscalía se recuerda que el Supremo ha establecido que los hechos atribuidos a los líderes independentistas son "legalmente constitutivos de un delito de sedición, sin que puedan tener encaje en el delito de rebelión".

"Fundamentalmente —añade— porque la concurrencia de la violencia que se declara probada no es funcional, preordenada o instrumental" y porque la finalidad del proyecto de los procesados "no era vincular a sus actos la efectiva proclamación de la República" sino "convencer al Gobierno de España para que negociara con el Govern de la Generalitat la convocatoria pactada de un referéndum de autodeterminación".

Es por eso que, teniendo en cuenta que hay una sentencia firme del Tribunal Supremo que pontifica que los hechos en los cuales se relaciona Trapero son constitutivos de un delito de sedición, la defensa del exjefe de los Mossos pide a la fiscalía que manifieste si mantiene o modifica las conclusiones provisionales "con anterioridad al inicio de las sesiones del juicio oral".

Y aunque la defensa admite que la cuestión se podría "suscitar" en el trámite de cuestiones previas que pudiera abrirse al inicio del juicio oral, "no se puede obviar que en función del alcance en aquello fáctico y en aquello jurídico de una eventual modificación" de las conclusiones provisionales "comportará una suspensión o aplazamiento del juicio oral".

Según la defensa, después de la sentencia del Supremo "resulta imposible" calificar como delito de rebelión la conducta de tres de los procesados en la causa, entre ellos el mismo Trapero, dado que "estarían participando en el plan ideado por los procesados condenados por un delito de sedición".

En este sentido, la defensa destaca la contradicción entre la sentencia del Supremo y el escrito de calificación de la Fiscalía, en opinión de la cual la intención de los condenados por el alto tribunal sí era llevar a cabo la secesión, y no forzar al Gobierno a negociar un referéndum.

Es por estas contradicciones que la defensa de Trapero pide la aclaración a la fiscalía, en la condición que si "hipotéticamente hubiera una modificación" en la calificación de los hechos y se cambiara el delito de rebelión por el de sedición, "dado que el único argumento que fundamentaba y legitimaba la competencia de la Audiencia Nacional era que con las conductas sediciosas se perseguía la secesión de Catalunya y la ruptura de la Constitución, al descartarse este designio por el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional habría perdido esta competencia objetiva, siendo el juez natural predeterminado por la ley y el competente para el enjuiciamiento el de la Audiencia Provincial de Barcelona".

Segarra lo estudiará

Finalmente, hay que recordar que la fiscal general del Estado, María José Segarra, constató el jueves pasado la "trascendencia" de las decisiones de la sentencia del Tribunal Supremo en el caso del exmajor de los Mossos Josep Lluís Trapero. Con todo, subrayaba que "no hay momento procesal previo al juicio oral para hacer una modificación anticipada", por lo cual afirmaba que si el ministerio público se planteara variar su posicionamiento tendría que ser en el momento de elevar a definitivas las conclusiones.

En todo caso, sí subrayó que la fiscalía "conoce el marco que supone la sentencia" y la influencia que tiene no sólo en el caso en que se juzga a la entonces cúpula de los Mossos sino también en el resto de casos pendientes en otros juzgados y en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) sobre el procés.