Finalmente, el Tribunal Constitucional accede a ello. Con ocho votos a favor y cuatro en contra, el máximo tribunal español procederá a revisar las fórmulas de acatamiento utilizadas por los diputados independentistas y de Unidas Podemos durante la sesión constitutiva del Congreso, en mayo del año pasado. Concretamente, los magistrados han admitido a trámite los recursos de amparo que habían presentado el PP y Ciudadanos contra la decisión de Meritxell Batet de darlos por buenos.

En aquel pleno, el 21 de mayo del 2019, los diputados de ERC acataron la Constitución con la fórmula "por la libertad de los presos políticos y el retorno de los exiliados y por la República catalana, sí, prometo por imperativo legal". La de Oriol Junqueras fue diferenciada: "Desde el compromiso republicano, como preso político y por imperativo legal, sí, prometo". Los de JxCat, una parecida: "Lo prometo por imperativo legal con lealtad al mandato democrático del 1 de octubre y al pueblo de Catalunya". Algunos diputados de Unidas Podemos también han utilizado fórmulas diferentes a las habituales.

Ahora, un TC dividido acepta estudiar las quejas de la derecha. El tribunal aprecia en los recursos "una especial trascendencia constitucional" porque este asunto "trasciende del caso concreto y pudiera tener unas consecuencias políticas generales". Por eso consideran necesario "aclarar la doctrina" del Tribunal Constitucional en esta materia. No obstante, el alto tribunal sí que se ha pronunciado en el pasado sobre este asunto.

El precedente vasco

El Tribunal Constitucional ya había establecido doctrina al respecto en octubre del 2017, cuando rechazó un recurso del PP contra la negativa de diputados del Parlamento Vasco a jurar la Constitución española. Los magistrados concluyeron que "no cualquier acto parlamentario que infrinja la legalidad del ius in officum parlamentario resulta lesivo del derecho fundamental" invocado. Que la Mesa de Edad del Parlamento Vasco aceptara aquellas fórmulas "no lesionó el derecho del resto de parlamentarios a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos en relación con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos". Ahora, sin embargo, el alto tribunal considera que hay la "necesidad de aclarar la doctrina" al respeto.