El Tribunal Constitucional ha paralizado la tramitación del recurso presentado por el gobierno central contra la Ley de Voluntades Digitales catalana porque entiende que, al haber ocupado Mariano Rajoy las funciones del Govern, no tendría sentido que alegara contra su propio recurso. "Con la finalidad de evitar un eventual conflicto en la defensa de los intereses del Estado y de la Comunidad Autónoma de Catalunya, se suspende el plazo para que la Generalitat pueda personarse y formular alegaciones, en tanto que el Consejo de Ministros (...) ejerza las funciones y competencias que corresponden al Consell de Govern de la Generalitat de Catalunya", ha dictaminado el TC.

Es decir, que el TC ha señalado que el gobierno central actuó contra una ley catalana y se entiende que no puede ser parte recurrente y, al mismo tiempo, no personarse en nombre del recorrido, la Generalitat, porque sería absurdo. De manera que mientras por aplicación del artículo 155 el gobierno central ocupe el de Catalunya, este recurso y similares quedarán parados.

El Constitucional admitió a trámite, el pasado 25 de octubre, el recurso del gobierno contra la Ley de Voluntades Digitales catalana, que regula la herencia digital de las personas, además del control de la vida en la red de los menores de edad por sus padres o tutores. En este trámite suspendió provisionalmente la norma hasta que se pronuncie sobre el fondo, a petición del ejecutivo de Mariano Rajoy.

Además, dio traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlament de Catalunya, otorgándoles quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones. Así es como opera siempre el TC, pero en este caso, y ante la intervención del Govern mediante la aplicación del artículo 155 de la Constitución, ha dejado en suspenso este plazo de alegaciones hasta que vuelva a constituirse la Generalitat.