El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada por el presidente del Parlamento de Catalunya, Roger Torrent, contra Pablo Llarena y tres magistrados más de la sala de lo penal de este tribunal, al no cumplir el requisito de haber sido formulada mediante querella, como exige la ley.

Es decir, el alto tribunal ni siquiera se ha planteado estudiar si tenía que admitir a trámite el requerimiento de Torrent, porque según el artículo 406 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha estado erróneamente planteado.

 

"Al haber sido presentada denuncia y no se querella, claro está que no se satisface el requisito de procedibilidad, cosa que es suficiente para acordar el archivo de las actuaciones, sin perjuicio del derecho que asiste el presentando a reproducir su petición en los términos señalados, indica la providencia de archivo.

Es decir, el alto tribunal le dice a Torrent que estudiará su denuncia y que, si quiere, puede plantearla correctamente y entonces estudiará si tiene que admitirla a trámite o no.

La denuncia de Torrent se formuló por presuntos delitos de prevaricación judicial y detención ilegal contra Pablo Llarena, instructor de la causa sobre el proceso independentista de Catalunya, y los magistrados Miguel Colmenero, Francisco Monterde y Alberto Jorge Barreiro, integrantes de la Sala encargada de resolver los recursos de apelación contra las decisiones del instructor.