El conseller de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia, Bernat Solé, se ha mostrado parcialmente satisfecho con la sentencia emitida este martes por el Tribunal Constitucional sobre el plan estratégico de su departamento que declara inconstitucionales algunos puntos.

"La sentencia no pone en duda el Diplocat y permite que se pueda seguir haciendo acción exterior", ha asegurado Solé. "Lo único que pone en entredicho el tribunal es el significado del concepto 'diplomacia'", ha añadido.

En este contexto, Solé ha advertido que "seguimos y seguiremos haciendo acción exterior porque tenemos competencias", y ha puesto como ejemplo la apertura de las delegaciones en Australia, Japón y el Senegal. "La mayoría de la gente pide una acción exterior fuerte", ha dicho.

La sentencia del tribunal español, hecha a instancias de un recurso del Gobierno, considera que varios puntos del plan infringen la Constitución y el Estatuto de Autonomía de Catalunya porque "vulneran las competencias estatales y no se ajustan a las estatutariamente asumidas por la Generalitat".

¿Cuáles son los puntos inconstitucionales?

Concretamente, el TC ha rechazado aquellos puntos del plan que hacen referencia a la "consolidación y fortalecimiento de vínculos con el cuerpo diplomático y consular" y al "mantenimiento de relaciones estrechas, regulares y fluidas con el conjunto del cuerpo consular establecido en Barcelona"; la "participación proactiva en los foros multilaterales de máximo interés"; o la "puesta en marcha del Consejo de Diplomacia Pública de Catalunya".

Por otro lado, el tribunal de garantías también entiende que son inconstitucionales los puntos relativos a servicios ferroviarios e internacionalización de transportes, sistema portuario y aeropuertos de Catalunya porque infringen las competencias reservadas para el Estado. Sin embargo, no los declara nulos en la medida en que son aplicables a los puertos y aeropuertos de titularidad de otras administraciones públicas diferentes del Estado.