El Síndic de Greuges ha trasladado a la Junta Electoral Central (JEC) la prohibición emitida por la Junta Electoral Provincial de Barcelona de utilizar determinadas expresiones como ''presos políticos'' a los profesionales de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales.

En su escrito, que también se ha presentado al Defensor del Pueblo, Ribó argumenta que la expresión está reconocida al derecho internacional y se ajusta a la realidad de los líderes encarcelados por lo cual considera que no atenta contra los principios de igualdad, pluralidad y neutralidad política.

El Síndico también defiende la profesionalidad y el criterio técnico de los trabajadores de los medios públicos de la CCMA y que sería positivo incluir fórmulas ''más flexibles'' que las adoptadas por la JEC.

Para el Síndico tendrían que ser fórmulas que respetaran el derecho fundamental a la libertad de información, reconocido en el artículo 20 de la Constitución Española y 10 del Convenio europeo, garantizando un margen ''de apreciación'' a los profesionales de la información en relación con la ordenación de las emisiones de la información electoral, sin condicionar la neutralidad informativa y el derecho del electorado a decidir su opción política de manera ''libre e informada''.