En su actuación como garante de los derechos y libertades de los ciudadanos frente a los poderes públicos, el Síndic de Greuges está investigando si la actuación de la Fiscalía contra el 1-O puede haber transgredido la legalidad. Así lo ha asegurado el mismo síndic, Rafael Ribó, en una rueda de prensa este martes. Ribó ha considerado que el Ministerio Público se ha "extralimitado" en sus funciones. Además, ha recordado que la celebración de un referéndum no es ningún delito en el Estado español. El documento presentado ha sido elaborado con la colaboración de juristas expertos en la materia

En este sentido, Rafael Ribó ha recordado que la convocatoria "de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum" realizada por autoridades o funcionarios faltos de competencia dejó de estar tipificado como delito en 2005. La ley derogatoria establecía que eran "conductas que no tienen bastante entidad para merecer el reproche penal, y todavía menos si la pena que se prevé es la prisión". Es por eso que ha considerado "inadecuado y desproporcionado" recurrir a la vía penal.

De esta forma, ha apuntado el Síndic, la persecución penal queda limitada al delito de desobediencia que supondría desacatar el mandato del Tribunal Constitucional. Este mandato, ha añadido, va dirigido "únicamente y exclusivamente a las personas que encarnan los poderes públicos" y que han sido notificadas. Extenderlo a "cualquier particular o persona" no incluida en el auto sería "un exceso no amparado en la normativa vigente".

El fiscal tiene que cesar

Por otra parte, el Síndic de Greuges ha recordado que, en su instrucción, el fiscal hace referencia a "actuaciones para impedir el referéndum ilegal", pero que no precisa los delitos que tendrían que ser investigados y perseguidos. "Es necesario y exigente que nos mantengamos en el derecho penal democrático y garantista, que no abramos ninguna puerta a errores indeseables que puedan suponer limitaciones de derechos", ha advertido.

Rafael Ribó también ha recordado que, según el estatuto orgánico del ministerio fiscal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "el fiscal tiene que cesar sus diligencias tan pronto como se entere de la existencia de un procedimiento judicial sobre los mismos hechos". Es por este motivo que ha considerado que la Fiscalía "tendría que dejar su actuación" como establece la ley, porque ya hay una actuación judicial.

Coordinación policial

En su comparecencia, el Síndic de Greuges también se ha referido a actuaciones concretas, como la confiscación de carteles políticos, que podría vulnerar el derecho a la libertad de expresión, o el cierre de páginas web vinculadas al referéndum sin requerimiento previo, que estaría "absolutamente fuera de la legalidad". Sobre el hecho de investigar a más de 700 alcaldes, "mucho antes" de la posible comisión de un supuesto delito, ha dicho que es una "desproporción manifiesta".

Finalmente, sobre la coordinación de los cuerpos policiales a instancias de la Fiscalía, Rafael Ribó ha asegurado no se dan las condiciones para que esto sea así. Ribó ha avisado de que "en ningún caso estaría justificado que las tareas de mantenimiento de la seguridad y el orden público tengan que quedar a las órdenes del Ministerio del Interior por orden de un fiscal". De acuerdo con el Estatut, eso corresponde a los Mossos d'Esquadra y la Generalitat. Ha denunciado que se ha hecho "sin base legal ni constitucional".