Desde que se ha conocido la sentencia del Tribunal Supremo, los acontecimientos se van sucediendo a una velocidad desenfrenada. Primero ha sido el juez Pablo Llarena quien ha reactivado la euroorden contra Carles Puigdemont. Y después ha sido la Junta Electoral Central quien ha resuelto que los condenados tienen que ser excluidos de las listas de las elecciones generales del 10-N. Este mismo lunes finaliza el plazo para registrar las candidaturas a la repetición electoral. Los afectados son Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull, Josep Rull y Jordi Sànchez.

De esta forma, la JEC ha resuelto una consulta hecha por la Junta Provincial de Barcelona hecha este mismo mediodía. Y la conclusión del máximo órgano electoral es clara: "Los candidatos al Congreso de los Diputados y al Senado que hayan sido condenados a la pena de privación de libertad o de inhabilitación absoluta en la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en ejecución de dicha resolución judicial, deberán ser excluidos de la lista presentada por la candidatura, sin que puedan ser proclamados por la correspondiente Junta Electoral Provincial".

En este sentido, la Junta Electoral Central acuerda que las juntas provinciales concedan "un muy breve plazo de subsanación" a estas candidaturas para que puedan sustituir a los candidatos condenados por el Supremo por otras personas. "Este plazo tendrá que permitir realizar la proclamación definitiva de las candidaturas en el día de hoy", asegura el acuerdo. "De no realizar dicha subsanación, las candidaturas tendrán que ser proclamadas en los términos resultantes de esta exclusión", avisa el máximo órgano electoral.