El Síndic de Greuges vuelve a pulsar el botón de alarma en relación a la sentencia del procés. Si hace unos meses alertó de las vulneraciones que se produjeron durante las manifestaciones de octubre pasado contra las condenas a los líderes independentistas, hoy ha hecho público el informe sobre la sentencia en sí. La radiografía que hace es preocupante e indica, entre otras cuestiones, que el veredicto del Supremo supone "un peligro de limitación grave de libertades en el contexto de futuras protestas sociales y ciudadanas", por ejemplo en el caso de una huelga general o las acciones de la PAH.

El análisis del Síndic concluye que la interpretación que se hace del delito de sedición abre la caja de los truenos y pone en riesgo dos derechos fundamentales básicos como son el de la libre expresión y la libertad de manifestación. La sentencia argumenta que existió sedición a partir de una reinterpretación del delito. Allí donde el Código Penal dice que para que se produzca es necesario que haya un "impedimento del normal funcionamiento de los servicios y las instituciones públicas", los magistrados han sustituido "impedir" por "obstaculizar". Esta modificación, según el Síndic, abre la puerta a que los protagonistas de cualquier reivindicación puedan ser acusados de sedición.

Lo mismo pasa con el hecho de asimilar una movilización masiva —y pacífica— de los ciudadanos al concepto de alzamiento tumultuario o a equiparar la resistencia no violenta —del 20-S y el 1-O— con intimidación. Todo eso "podría suponer una restricción excesiva del derecho de reunión y manifestación" y "comporta un efecto paralizador muy notable" de la ciudadanía.

Derogar el delito de sedición

En el apartado de conclusiones, el extenso informe del Síndic aprovecha para sugerir posibles salidas al callejón sin salida actual. La principal, y que implicaría una reforma del Código Penal, pasa por la derogación del delito de sedición, que es lo que ha llevado a la prisión a nueve de los doce líderes independentistas juzgados por el Supremo. Al mismo tiempo, sitúa la liberación de los presos y la activación de un diálogo "constructivo" entre gobiernos como herramientas imprescindibles para la resolución del conflicto político. En este sentido defiende que el indulto y la ley de amnistía son dos instrumentos "plenamente constitucionales" para excarcelarles.

Específicamente sobre los condenados, el análisis concluye también que el veredicto del Supremo es "desproporcionado" y "podría haber vulnerado derechos constitucionales". Para empezar, porque la asunción inicial del delito de rebelión —que justificó la prisión preventiva y que finalmente cayó del juicio—, "vició toda la causa". De hecho, el estudio considera que el Supremo no era siquiera competente para juzgar al Govern de la Generalitat.

El Síndic ha enviado su informe al Parlament de Catalunya, a las Cortes Generales, al Gobierno del Estado, a la comisaria europea de Derechos Humanos y a la comunidad internacional de defensorías de derechos humanos.