El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán acusa al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz de asumir “sin ser competente” el caso Leire, sobre una supuesta trama para torpedear las investigaciones contra el PSOE y familiares del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Así lo expresan sus abogados, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, en un recurso de apelación a la sala de lo penal de la Audiencia Nacional, después de que Pedraz rechazara su recurso de reforma el pasado 15 de junio. Cerdán sostiene que la investigación sobre el caso Leire fue abierta hace un año por el titular del juzgado de instrucción 9 de Madrid, donde —a su parecer— debe continuar. Añade que “la policía judicial y el juez Pedraz han hecho una interesada transformación unilateral del objeto procesal” para unir a la causa inicial sobre la supuesta trama Hirurok con la sociedad Servinabar 2000, con los supuestos tejemanejes de Leire, que define como un “caso de gestión de la crisis política y judicial”.
El magistrado Pedraz pidió al juzgado de Madrid que se inhiba de su investigación del caso Leire, donde solo se investigaba a la exmilitante socialista, al empresario Javier Pérez Dolset y al periodista Pere Rusiñol. Fue el juez de la Audiencia Nacional quien ha imputado al exnúmero 2 del PSOE en esta trama con Leire, que ha unificado con la causa económica por un delito de defraudación.
No afecta gravemente a la economía
Los abogados de Santos Cerdán, sin embargo, insisten en que la Audiencia Nacional no es competente porque el caso Leire solo se circunscribe a la Comunidad de Madrid, es decir, no implica más territorio, “ni está afectada gravemente la economía española”, como exige la ley.
En el recurso, la defensa de Cerdán detalla que no es hasta la incorporación en esta causa del informe número 89/2026, de 26 de mayo del 2026, que se amplía la instrucción de la Audiencia Nacional hacia el mismo objeto de investigación que el de las diligencias 1675/2025 seguidas en la plaza 9 de Instrucción de Madrid.
Añade que “ante la tentación de utilizar Santos Cerdán como vínculo entre ambos hechos, hay que señalar que no aparecía en la denuncia inicial del grupo incriminado en esta causa por la Fiscalía Anticorrupción”. En el atestado policial 89/2026 se indica que Cerdán podría estar vinculado por la titularidad del 45% de las participaciones de Servinabar, siempre negada por Cerdán.
Los defensores insisten en que “se le imputó esta titularidad a la sombra el junio del 2025 en el marco de la investigación de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y, transcurrido un año, no se ha aportado todavía informe patrimonial que lo acredite por parte de la UCO”.
Por todo esto, los abogados concluyen que “la Policía Judicial, primero, y el órgano instructor, después, ha forzado la alteración del objeto de la presente instrucción con el fin de absorber la causa que era investigada por el Tribunal de Instancia de Madrid, plaza 9, sin que pueda entenderse esta segunda parte como una cristalización del objeto inicial del proceso y sin que concurran tampoco causas que justifiquen una pretensa conexidad procesal”.
