El juzgado de lo penal número 3 de Lleida ha condenado a los raperos Pablo Rivadulla (Pablo Hasél) y Eloi Yebra (Ciniko) a pagar una multa de 6 euros diarios durante 3 meses, que suma en cada caso 540 euros en total, después de considerarlos responsables de un delito leve de falta a la autoridad por la canción 'Menti-Ros' publicada en Youtube el 5 de diciembre del 2014 en que criticaban las políticas del alcalde Àngel Ros al frente del Ayuntamiento de Lleida.

La jueza considera probado que los dos acusados publicaron el vídeo "con ánimo de menoscabar la dignidad del alcalde", utilizando expresiones dirigidas contra él como ''Ángel malnacido, te mereces un tiro, te apuñalaré, me has arruinado o te arrancaré la piel en tiras". Durante el juicio, Ros -que declaró como testigo- aseguró que con 'Menti-Ros' se sintió amenazado e intimidado y temió por él y su familia.

Asimismo, la magistrada también considera probado que al cabo de pocos días (el 10 de diciembre del 2014) y una vez ya incoada el procedimiento por 'Menti-Ros, Pablo Hasél publicó otra canción en Youtube en este caso cantada sólo por él y titulada 'Un alcalde miserable, no un Dioscon el mismo ánimo que la primera," según recoge la sentencia. En este otro vídeo se podían oír expresiones como "si me encierran en la prisión por todo eso, te juro que ni que sea el último que haga te arrepentirás toda la vida, palabra. Tómalo como una amenaza si quieres, no es gratuita, es una respuesta a aquellos que quieren meterme todavía más la vida".

Temer por su vida

Justamente por este caso, Pablo Hasél y Ciniko se sentaron el 23 de noviembre del 2016 en el banquillo de los acusados por un presunto delito de amenazas de muerte al alcalde de Lleida. Durante el juicio, Àngel Ros, que declaró como testigo, aseguró que con 'Menti-Ros' se sintió amenazado e intimidado y temió por él y su familia.

Los acusados, sin embargo, sostuvieron que hicieron una canción de denuncia social en tono satírico y que no se amenazó nadie. El abogado de la defensa solicitó la absolución de los dos raperos teniendo en cuenta el derecho de libertad de expresión y pidió que la nulidad del proceso judicial por el hecho de que Ros no presentó ninguna denuncia personalmente. Por su parte, la fiscalía pidió que se condene a los acusados a un año y tres meses de prisión por un delito de amenazas o, alternativamente, por un delito leve de falta de respeto a la autoridad a una multa de 1.800 euros. Finalmente, la jueza los ha condenado a pagar una multa de 540 euros, en cada caso.

Los dos condenados tienen ahora diez días para recurrir la sentencia mediante un recurso de apelación ante el juzgado de lo penal número 3 de Lleida para que sea resuelto por la Audiencia de Lleida. Hay que recordar que el rapero leridano Pablo Hasél ya fue condenado por la Audiencia Nacional a dos años de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo por canciones de apoyo a los GRAPO o ETA, entre otros. La condena fue ratificada por el Tribunal Supremo en marzo del 2015.