El presidente del Gobierno Mariano Rajoy ha promovido ante el Tribunal Constitucional (TC) un incidente de ejecución de sentencia para paralizar las decisiones adoptadas por el Parlament que tienen como objetivo avanzar en la convocatoria del referéndum en Catalunya el próximo 1 de octubre. Según han informado fuentes del gobierno a El Nacional, este alegará la suspensión de los trámites de la Mesa, la modificación del orden del día, y el rechazo de la presidenta Carme Forcadell a interrumpir la tramitación como pedía la oposición, además de la exigencia de responsabilidades penales a Forcadell.

Este paso no necesita la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario ya que se trata de pedir que se aplique a las decisiones del Parlament la sentencia que ya adoptó en su día el TC considerando ilegales todos los actos que tuvieran como objetivo la convocatoria del referéndum. Así las cosas, algunas fuentes consultadas por El Nacional aseguran que en el día de mañana sí se celebrará el Consejo de Ministros, junto a la petición ante el Consejo de Estado del informe preceptivo para la impugnación de la ley del 1-O.

La ejecución de sentencia implica que no se abre un nuevo recurso de inconstitucionalidad, sino que se amplía uno existente desde el 2 de diciembre del 2015. Entonces, el TC anuló por unanimidad la resolución de la cámara catalana que pretendía iniciar un proceso de independencia. La Moncloa subraya que esta sentencia ya precisaba que sería ilegal cualquier iniciativa que tuviera el mismo objetivo que la decisión considerada inconstitucional y, por eso, ahora sólo hay que invocar la ejecución de esta sentencia para paralizar las decisiones de la Mesa del Parlament y del pleno de esta institución.

También alude Rajoy a diversos actuaciones del Tribunal Constitucional al amparo del artículo 92 de la ley que regula este tribunal. En consecuencia, y teniendo en cuenta que la Mesa del Parlament, así como el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, piensan seguir adelante a pesar de las advertencias del TC, este artículo implicaría la posibilidad de suspender los cargos implicados en el referéndum. Son las nuevas atribuciones que la reforma del Alto Tribunal permite ejercer, aunque los magistrados de la institución se manifestaron entonces poco partidarios de aplicarlo.

El artículo 92.4 de la Ley del TC establece que los propios magistrados o el gobierno pueden pedir que se apliquen medidas "coercitivas" para asegurar el cumplimiento de las sentencias y decisiones de los magistrados.

El procedimiento tiene unos mecanismos de funcionamiento que obligan el TC a pedir primero un informe a las instituciones, autoridades o trabajadores públicos o particulares sobre los motivos del incumplimiento. Una vez recibido el informe y transcurrido un plazo que la ley no fija específicamente, el Tribunal ya puede adoptar decisiones en varias direcciones:

  • Puede imponer una multa de entre 3.000 y 30.000 euros a los supuestos incumplidores y reiterar esta multa "hasta el cumplimiento íntegro de lo que se pide".
  • También puede acordar "la suspensión de sus funciones de las autoridades o trabajadores púbicos de la administración responsable del incumplimiento durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal".
  • Además, puede pedir la colaboración del gobierno para que en el plazo fijado por el mismo Tribunal adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones. Y, por último –y como hizo en el caso Forcadell– puede pasar el caso a la Fiscalía para que esta abra la vía penal a los tribunales ordinarios.