La prensa española vuelve a barrer para dentro. Ahora lo hace poniendo de manifiesto que el Código Penal prevé castigar las autoridades si dirigen la sedición y, precisamente por eso, el president de la Generalitat, Carles Puigdemont, podría ser acusado de sedición —e, incluso, ir a la prisión— si sale adelante con el proceso y utiliza a los Mossos d'Esquadra que estén dispuestos a seguirlo.

Así lo asegura Victoria Prego a El Independiente, que sostiene que el artículo 54 del Código Penal tipifica el delito de sedición poniendo de manifiesto que "son reos de sedición los que [...] se alcen pública y tumultuariamente para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".

El artículo 545 va un paso más allá y castiga este delito con penas de 10 a 15 años a los que "hayan inducido, sostenido o dirigido la sedición". El medio citado se lamenta de que si esta situación hubiera tenido lugar en el siglo XIX, ya estaría solucionada porque entonces existía el delito de "sedición impropia", suprimido en 1995 durante la reforma del Código Penal.