El borrador de la sentencia de la ley de amnistía que el Tribunal Constitucional (TC) debatirá en el pleno del 24, 25 y 26 de junio avala el núcleo central de la norma y solo introduce algunos matices sobre su alcance. Sin embargo, el borrador no se pronuncia sobre el delito de malversación que afecta a Carles Puigdemont, Oriol Junqueras o Jordi Turull. La interpretación por parte del Tribunal Supremo ha conducido a no aplicar la amnistía a Puigdemont al entender que esta actuación recae en una de las excepciones que contempla la misma ley de amnistía para no aplicarla: obtuvieron un beneficio personal.

La ponencia elaborada ahora por la vicepresidenta del TC, la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, considera que el texto es plenamente constitucional, excepto tres puntos en concreto, esgrimidos por el PP en el recurso presentado el pasado 9 de septiembre. Así pues, concluye que la amnistía tiene que incluir también a los que manifestaron en contra del proceso independentista; limita su ámbito de aplicación entre el 1 de noviembre del 2011 y el 13 de noviembre del 2023, y obliga al Tribunal de Cuentas a dar audiencia a las acusaciones populares antes de archivar las causas contables.

La malversación, en el aire

El texto de más de 200 páginas no hace ninguna mención específica al delito de malversación, ya que, según han confirmado fuentes jurídicas a Elnacional.cat​​​​​​​, el recurso del PP no impugnaba ningún aspecto relacionado con este delito, y parte la sentencia no la ha abordado. Sin embargo, el borrador sí da la razón a los populares en tres puntos. Los de Núñez Feijóo argumentan que la ley es arbitraria y vulnera el principio de igualdad porque afecta a los delitos cometidos con la finalidad de impulsar el proceso de independencia y también acciones realizadas por agentes de la policía, pero no otros supuestos. La ponencia establece que también se incluyan personas que se manifestaron contra del procés. El texto también modifica el punto de la ley en el cual se establece que se pueden amnistiar hechos que finalizaron su ejecución después de la fecha límite del 13 de noviembre del 2023. Según la ponencia, la indefinición puede ser constitucional, y por lo tanto solo se pueden amnistiar los hechos comprendidos entre el 1 de noviembre del 2011 y el 13 de noviembre del 2023.

La tercera modificación hace referencia al archivo de las causas que se encuentran en el Tribunal de Cuentas. La ley establece que antes de hacer este proceso hay que escuchar el criterio del ministerio fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas. Por el contrario, el borrador defiende que la ley no vulnera la separación de poder ni es contraria al derecho europeo. Además, también añade las acusaciones populares personadas.

Pleno sobre la amnistía

La ponencia redactada por Montalbán se repartirá este lunes entre los magistrados para que puedan estudiarla de cara al Pleno que empezará el 10 de junio y que servirá para que la vicepresidenta del TC lo exponga a sus compañeros. En este pleno, el Constitucional abordará y previsiblemente rechazará las peticiones del PP y tres magistrados de aplazar la deliberación sobre la amnistía hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales. El borrador llega justo cuando la amnistía cumple un año con muchos de sus objetivos políticos todavía sin resolver, ya que los principales líderes independentistas como Puigdemont, Junqueras o Turull, de momento, se han quedado fuera de la ley.

Una vez superado este escollo, la atención se trasladará al pleno monográfico de los días 24, 25 y 26 de junio para aprobar la sentencia de la ley de amnistía. A priori, el texto elaborado por Immaculada Montalbán contará con los votos de la mayoría, es decir, de seis magistrados propuestos por el PSOE, y el voto en contra de los cuatro propuestos por el PP. Hay dos magistrados que no participarán en la deliberación. Son el exministro socialista Juan Carlos Campo, que se apartó de forma voluntaria, y el conservador José María Macías, recusado por haber participado en el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra la ley.